Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2015 (09/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 9 de julio de 2015

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Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas municipales son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, es de interés público reglamentar la tenencia, registro, crianza, adiestramiento, transferencia y comercialización de canes; en salvaguarda del ornato y limpieza pública, la salud y seguridad de los vecinos, y el bienestar de los canes en el distrito de Carmen de la Legua - Reynoso. Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, de conformidad con el Reglamento Interno de Concejo; con la aprobación de la Comisión de Promoción Social y Salud, mediante Dictamen Nº 001-2015CPSS-MDCLR; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores, según Acuerdo de Concejo Nº 015-2015-MDCLR, el Concejo Municipal Distrital aprobó la siguiente:

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLACHEA
Autorizan viaje de Regidoras a Brasil, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 021-2015-MDO/A
Ollachea, 28 de mayo de 2015. El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de mayo de 2015, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 41 de la Ley Nº 27972, los acuerdos son decisiones referidas a asuntos específicos de interés público y vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Carta, de fecha 18 de mayo 2015, emitido por el Presidente XXXV CONGRESO BRASILEIRO DE GUIAS DE TURISMO, evento que se realizara los días 03 al 07 de junio de 2015 en la ciudad de Cuiabá ­ Mato Grosso ­ Brasil. En la que hace una cordial invitación para que su autoridad pueda participar en el XXXV CONGRESO BRASILEIRO DE GUIAS DE TURISMO, el tema principal del evento es "Interfaces de Sustentabilidad en la actuación del guía de Turismo". Que, en Sesión de Concejo Municipal de fecha 28 mayo de 2015, como uno de los puntos en la agenda a tratar APROBACION DE VIAJE DE LAS REGIDORAS SILVIA HILDA AGUILAR PEREZ Y MERCEDES COAQUIRA CCAMI A BRASIL, en Representación de la Municipalidad Distrital de Ollachea, en el XXXV Congreso Brasileiro de Guías de Turismo. Que según las atribuciones del Consejo Municipal, que están establecidos en el Art. 9, numeral 11, Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores (...)". Teniendo en cuenta lo citado, el Concejo Municipal autoriza el viaje de las Regidoras SILVIA HILDA AGUILAR PEREZ Y MERCEDES COAQUIRA CCAMI al país de Brasil. Asimismo se tiene en cuenta el programa y cronograma de viaje, por tal motivo se autoriza el viaje de las regidoras desde el día 29 de mayo hasta el 11 de junio de 2015. En ejercicio de sus atribuciones de Ley; el Concejo Municipal de Ollachea adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Primero.- AUTORIZAR el viaje de las regidoras SILVIA HILDA AGUILAR PEREZ, Y MERCEDES COAQUIRA CCAMI, al país de Brasil, en Representación de la Municipalidad Distrital de Ollachea, en el XXXV Congreso Brasileiro de Guías de Turismo, evento que se realizara en la ciudad de Cuiabá ­ Mato Grosso ­ Brasil, en los días del 03 al 07 de junio 2015.

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LA TENENCIA, REGISTRO, CRIANZA, ADIESTRAMIENTO, TRANSFERENCIA Y COMERCIALIZACIÓN DE CANES EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO
Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza que aprueba el "Reglamento que regula la tenencia, registro, crianza, adiestramiento, transferencia y comercialización de canes en el distrito de Carmen de la Legua ­ Reynoso", el mismo que consta de once (11) Títulos, cuarenta y seis (46) artículos, tres (03) disposiciones complementarias, dos (02) disposiciones transitorias, tres (03) disposiciones finales y el Anexo Nº 1: Cuadro de Infracciones y Sanciones. Artículo 2º.- Facultar al señor Alcalde a fin de que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática el "Reglamento que regula la tenencia, registro, crianza, adiestramiento, transferencia y comercialización de canes en el distrito de Carmen de la Legua ­ Reynoso" y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en el Portal Institucional (www. municarmendelalegua.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde

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REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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