Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2015 (23/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 23 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

557999

VISTO: El Informe N° 043-2015-INGEMMET/SG/UADA de fecha 07 de julio de 2015, de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, conforme lo señalado en los Decretos Supremos Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007 y N° 058-2011-PCM del 05 de julio de 2011; Que, el INGEMMET de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones, tiene dentro de sus competencias, entre otras, las de conducir el procedimiento ordinario minero, incluyendo la recepción de petitorios, el otorgamiento de concesiones mineras y su extinción, así como la administración del Derecho de Vigencia y Penalidad; Que, por Resolución de Presidencia N° 045-2015-INGEMMET/PCD del 17 de abril de 2015, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 18 de abril de 2015, se autorizó temporalmente a la Unidad de Administración Documentaria y Archivo, a partir del 20 de abril de 2015, a recibir petitorios mineros, escritos y/o recursos administrativos relativos al procedimiento ordinario minero y procedimiento de pagos del Derecho de Vigencia y Penalidad, en la mesa de partes ubicada en la calle Crepi cuadra uno s/n, local contiguo al Ministerio de Energía y Minas, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; Que, mediante el documento del visto, la Unidad de Administración Documentaria y Archivo informa que atendiendo a las razones de infraestructura del Sector Energía y Minas, la mesa de partes correspondiente a recepción de petitorios mineros, escritos y/o recursos administrativos del procedimiento ordinario minero y procedimiento de pagos del Derecho de Vigencia y Penalidad, será reubicada en la sede central del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, sito en la avenida Canadá N° 1470, correspondiendo el cierre definitivo de la atención en la mesa de partes de Calle Crepi cuadra uno s/n; Que, en consecuencia solicita se proceda autorizar a la Unidad de Administración Documentaria y Archivo del INGEMMET, a recibir petitorios mineros, escritos y/o recursos administrativos relativos al procedimiento ordinario minero y procedimiento de pagos del Derecho de Vigencia y Penalidad, en la mesa de partes ubicada en la avenida Canadá N° 1470 distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; Que, ante lo expresado, es necesario que la Titular de la Entidad emita el acto resolutivo correspondiente, con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia, privilegiando el cumplimiento de las funciones, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo N° 035-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, y; Con el visto del Secretario General y de los Directores de la Dirección de Concesiones Mineras, Dirección de Derecho de Vigencia, Dirección de Catastro Minero, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Unidad de Administración Documentaria y Archivo del INGEMMET, a partir del 27 de julio de 2015, a recibir petitorios mineros, escritos y/o recursos administrativos relativos al procedimiento ordinario minero y procedimiento de pagos del Derecho de Vigencia y Penalidad, en la mesa de partes ubicada en la avenida Canadá N° 1470 distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima.

Artículo 2°.- Dar por concluida la autorización otorgada a través de la Resolución de Presidencia N° 045-2015-INGEMMET/PCD de fecha 17 de abril de 2015, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 18 de abril de 2015; procediéndose al cierre definitivo de la mesa de partes ubicada en la calle Crepi cuadra uno s/n, local contiguo al Ministerio de Energía y Minas, el 27 de julio de 2015. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Administración y a la Oficina de Sistemas de Información la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Web Institucional, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET 1265630-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Amplían plazo para que la Secretaría General adopte acciones necesarias para la implementación de la Oficina de Enlace de La Convención
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 029-2015-OEFA/CD Lima, 21 de julio de 2015 VISTOS: El Informe N° 273-2015-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2015-OEFA/CD, publicada el 21 de marzo del 2015, se dispuso la ubicación de la Oficina de Enlace de La Convención de la Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA en Cusco, en un área próxima y/o adyacente al área de extracción de hidrocarburos en la zona de Camisea del Valle del Bajo Urubamba, otorgándose a la Secretaría General un plazo de noventa (90) días hábiles para adoptar las acciones que resulten necesarias para su ejecución; Que, a través del informe de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Administración han puesto en conocimiento de la Secretaría General la existencia de limitaciones técnicas y legales que dificultarían la implementación de la referida Oficina de Enlace dentro del plazo establecido, razón por la cual recomendaron su ampliación por un plazo adicional de noventa (90) días hábiles a fin de disponer las acciones que garanticen su ejecución; Que, en atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, mediante Acuerdo Nº 031-2015 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 024-2015 realizada el 21 de julio de 2015, el Consejo Directivo aprobó la ampliación del plazo concedido por la Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2015-OEFA/CD, por noventa (90) días hábiles adicionales, para lograr la implementación de la Oficina de Enlace en un área próxima y/o adyacente al área de extracción de hidrocarburos en la zona de Camisea, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales f) y n) del Artículo 8° y el Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

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