Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2015 (24/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Viernes 24 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

558121

pública de la Playa Chorrillos, Puerto de Huacho por la Festividad del Apóstol San Pedro, de acuerdo a la Unidad Impositiva Tributaria y los porcentajes determinados por cada puesto y/o módulo según detalle y conforme a los requisitos y condiciones indicadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza:
AUTORIZACIÓN GIRO O ACTIVIDAD Vivanderas con venta de licor Juegos electrónicos máquina Juegos de azar Juegos de fulbito por puesto Venta de picarones, anticuchos, frituras y otros Venta de champúes, arroz c/ leche, mazamorra, etc. Artesanías Carretas de pop corn u otros Juegos mecánicos por m2, más el impuesto a los EPND Promociones de C.E., juntas vecinales y organizaciones sociales o análogos particulares Parqueo vehicular espacios predestinados en por UIT (VIGENTE) 30.00% 2.00% 12.00% 12.00% 3.00% 3.00% 3.00% 1.00% 0.20% METRAJE DEL ESPACIO 40 m2 (5 ml x 8 ml) La que máquina utilice por MONTO 1155.00 77.00 462.00 462.00 115.50 115.50 115.50 38.50 7.70

pérdida, es menester se adopten las acciones pertinentes, como muestra de los sentimientos y pesar por el lamentable perecimiento de nuestros conciudadanos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DECLARAR en duelo local Provincial y feriado laborable, el día jueves 11 de Junio de 2015, por el fatídico accidente de deslizamiento de tierras, con consecuencias de extinción de vidas humanas; suscitado en el Km. 86 de la vía Churín - Sayán, zona de Pampa Libre, el 08 de Junio de los corrientes. Artículo Segundo.EXPRESAR nuestras condolencias a los familiares de las víctimas del lamentable accidente, que ha enlutado a las familias de nuestras Provincias. Artículo Tercero.- DISPONER el izamiento de la Bandera de la Provincia a media asta en señal de duelo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1266935-1

La que utilice por juego La que utilice por mesa 4.00 m2 (2.00 ml x 2.00 ml) 4.00 m2 (2.00 ml x 2.00 ml) 8.00 m2 (4 ml x 2ml) La que utilice la carreta La que utilice, dichos juegos según distribución Espacio por hora o fracción

1.56%

60.00

0.052%

2.00

Modifican el TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaura
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2015-MPH Huacho, 8 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA VISTO; el Informe Nº 036-2015-SGDI/MPH, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Municipal Provincial Nº 022-2012-MPH de fecha 25 de julio del 2012, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaura, Distrito Capital Huacho. Asimismo, con Ordenanza Municipal Nº 010-2013-MPH, de fecha 31 de julio del 2013, se aprobó la modificación en parte del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA 2012, adecuando los procedimientos de la Oficina de Control Urbano, perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. Que, conforme a la modificatoria última, en su Artículo Segundo se dejaron sin efecto los procedimientos administrativos considerados en los ítems Nº 80, 81, 82, 84, 85, 86, 109, 110, 112, 113, 114 y 115 del TUPA - 2012, procedimientos que corresponden a la Oficina de Control Urbano, unidad orgánica dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, hoy Gerencia de Desarrollo y Ordenamiento Territorial. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 04-2015-MPH de fecha 31 de marzo de 2015, se modifica el TUPA institucional, en el extremo de los Procedimientos Nº 94, 103 y 105, los cuales contemplarán el plazo de cinco (5) días hábiles, sujeto a silencio administrativo positivo; conforme al Anexo que forma parte integrante del mismo. Que, a través del documento indicado en el exordio, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, informa que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, ha iniciado un procedimiento de oficio contra

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, encargando a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación del texto íntegro en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de la Pagina Institucional www.munihuacho.gob.pe. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1266926-1

Declaran en duelo local Provincial y feriado laborable, el día jueves 11 de Junio de 2015, por el fatídico accidente de deslizamiento de tierras
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2015-MPH Huacho, 10 de junio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, nuestra provincia se encuentra consternada, debido al funesto accidente suscitado en la ruta Sayán ­ Churín, altura del Km. 86, en la zona de Pampa Libre, cuando al promediar las 20:00 horas del día lunes 08 de los corrientes, una minivan con catorce pasajeros a bordo, fue sepultada por el deslizamiento de tierra y rocas; ocasionando el deceso de la mayoría de sus ocupantes, contándose entre las víctimas vecinos de nuestra circunscripción. Que, ante este lamentable percance y el dolor de familiares y amigos de las víctimas, por tan irreparable

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