Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2015 (24/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

558110 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Viernes 24 de julio de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban el "Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 328/MDC Carabayllo, 22 de julio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen 006-2015-CSSYS/MDC de los integrantes de la Comisión Permanente de Regidores de Saneamiento, Salubridad y Salud respecto de todos los actuados pertinentes al proyecto de Ordenanza que regula el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo; el Informe Nº 077-2015-GSCMA/MDC de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y el Informe Nº 0218-2015-GAJ/MDC de la Gerente de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, instituciones educativas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10º preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057-2004-PCM, precisa en el Artículo 23 que las Municipalidades Distritales formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015, para el Distrito de Carabayllo, ha sido elaborado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo por la Sub Gerencia de Limpieza Pública, órgano de línea de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de

los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. Que, mediante INFORME Nº 381-2015-SGLPGSCMA­A/MDC, la Sub Gerencia de Limpieza Pública, formula y presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del distrito de Carabayllo, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2015 acorde al Decreto Supremo Nº 033­2015 EF. Que, la Municipalidad de Distrital de Carabayllo y su Equipo Técnico de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, ha elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades. Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS (PMRS) 2015 DEL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo", que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo, para el mejor cumplimiento del mismo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Limpieza Pública, la implementación y ejecución del presente Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) 2015 del Distrito de Carabayllo, en coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad. Artículo Quinto.- Encargar a Secretaría General, disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley y en el portal web de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1267275-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que promueve Formalización de los Recicladores de Residuos Sólidos en el distrito
ORDENANZA Nº 470-MDJM Jesús María, 16 de julio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; condispensa de pase a comisiones conforme al artículo 40º del Reglamento Interno del Concejo;

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