Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

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as los/as agentes participantes para la consecucion de los objetivos estrategicos. Es decir, el MORDAZA de presupuesto participativo, ademas de ser una herramienta para lograr una gestion mas eficaz, es tambien un modelo de gestion publica innovador donde la participacion ciudadana toma un alto protagonismo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, en su articulo 1° senala los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan los proyectos de inversion publica de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos. Asi mismo, el articulo 2° dispone cuales son los criterios de impacto de los proyectos de inversion del presupuesto participativo:

Convocan a autoridades y entidades a participar en el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2016, conforman el Equipo Tecnico y establecen el Cronograma
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2015-GR.CAJ-CR
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, en virtud a lo senalado en el articulo 17º numeral 1, de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783 los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la region publica; y en su articulo 18º numeral 2, establece que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional. Finalmente, el articulo 20 numeral 20.1., dispone que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15º literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia. En este sentido, el articulo 37° literal a) establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dicta las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; Que la Ley 28056, Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo, en su articulo 1º define que el MORDAZA del presupuesto participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. El Articulo 5° dispone que la sociedad civil toma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en los gastos de inversion, de acuerdo con las directivas y lineamientos que para estos fines emitira la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009EF, en su Titulo II establece que las fases del MORDAZA Participativo son, fase de preparacion, fase de concertacion, fase coordinacion entre niveles de gobierno y fase de formalizacion, contando cada una de ellas con un conjunto de actividades y pasos a desarrollar, facilitando un MORDAZA participativo democratico, ordenado e inclusivo. Asimismo, el articulo 2º literal "a", afirma que el presupuesto participativo es un MORDAZA que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversion a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la participacion de la sociedad organizada, generando compromisos de todos/

AMBITO

MONTO No menor de S/ 3 millones.

REGIONAL

ALCANCE Pluriprovincial: Beneficiar a un minimo de 03 distritos que se encuentran ubicados en dos (02) provincias como minimo.

COBERTURA Adicionalmente podran considerar que la cobertura en la poblacion objetivo no sea menor al 5%, respecto a la poblacion total de la region

Ademas, en el articulo 6° del citado decreto indica que los proyectos de inversion publica, deben contar con la viabilidad correspondiente, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica, para ser considerados en MORDAZA participativo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 007-2010EF/76.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, cuyo objetivo es establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el MORDAZA de la Ley del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, su modificatoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho MORDAZA debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversion esten claramente articulados a productos y resultados especificos que la poblacion necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran mas prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ineficiencias en la asignacion de los recursos publicos; Que, mediante Dictamen N° 010-2015-GR.CAJ-CR/ COAJ-COP, de fecha 29 de MORDAZA del ano 2015, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Planeamiento, se emite opinion favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Presupuesto Participativo 2016 del Gobierno Regional Cajamarca; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 06 de MORDAZA del ano 2015; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL
Primero.- CONVOCAR a los alcaldes provinciales de la Region, a las Organizaciones de alcance Regional de la Sociedad Civil, a las instituciones publicas y privadas que ejecutan acciones de desarrollo en la Region; a las Universidades; a la Cooperacion Internacional; a las organizaciones empresariales; y, a los Colegios Profesionales a participar en el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2016, a implementarse en el ambito del Gobierno Regional de Cajamarca. Segundo.- DETERMINAR que el MORDAZA del Presupuesto Participativo Regional se oriente a lograr

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