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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554902 Eizaguirre, CIP. 00029312, DNI. 44299534, para que participe en el proceso de familiarización de los sistemas de armas y electrónica de las aeronaves SH-2G (P2), a realizarse en las instalaciones de la General Dynamics Canadá (GD Canadá), ciudad de Ottawa, Canadá, del 15 de junio al 15 de agosto de 2015; así como, autorizar su salida del país el 14 de junio de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Ottawa (Canadá) - Lima US$. 1,800.00 US$. 1,800.00 --------------------- TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 1,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: C$. 5,947.71 / 30 x 16 días (junio 2015) x 1 O fi cial Subalterno C$. 3,172.11 C$. 5,947.71 x 1 mes (julio 2015) x 1 O fi cial Subalterno C$. 5,947.71 C$. 5,947.71 / 31 x 15 días (agosto 2015) x 1 O fi cial Subalterno C$. 2,877.92 --------------------- TOTAL A PAGAR EN DÓLARES CANADIENSES: C$. 11,997.74 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El O fi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el periodo que dure la Comisión de Servicio. Artículo 8º.- El citado O fi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1250734-5 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Suecia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 220-2015-DE/MGP Lima, 12 de junio de 2015Visto, el O fi cio N.1000-081 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 16 de enero de 2015; CONSIDERANDO:Que, el Presidente Interino de la Universidad Marítima Mundial, ha cursado invitación, para que personal de la Marina de Guerra del Perú, participe en las nominaciones de estudiantes que seguirán la Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, a realizarse en la ciudad de Malmö, Reino de Suecia, del 15 de junio de 2015 al 30 de octubre de 2016; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la mencionada Maestría, responde a la necesidad de capacitar a O fi ciales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, para cumplir funciones en Estados Mayores de la Institución y Estados Mayores Conjuntos, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de con fi anza con instituciones armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Capitán de Corbeta Nora Marcela BENAVIDES Luna, para que participe en la Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, a impartirse en la Universidad Marítima Mundial, ciudad de Malmö, Reino de Suecia, del 15 de junio de 2015 al 30 de octubre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá actualizar y complementar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos cursos del sistema de enseñanza naval, permitiendo a la O fi cial designada elevar el nivel profesional dentro del ámbito acuático; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 15 de enero al 31 de diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 30 de octubre de 2016, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modi fi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del