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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554903 Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Capitán de Corbeta Nora Marcela BENAVIDES Luna, CIP. 00930866, DNI. 10545791, para que participe en la Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, a impartirse en la Universidad Marítima Mundial, ciudad de Malmö, Reino de Suecia, del 15 de junio de 2015 al 30 de octubre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 13 de junio de 2015 y su retorno el 31 de octubre de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida): Lima - Malmö (Reino de Suecia) US$. 3.500.00 US$ 3,500.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 7,137.21 / 30 x 16 días (junio 2015) US$ 3,806.51US$. 7,137.21 x 6 meses (julio - diciembre 2015) US$ 42,823.26 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 7,137.21 x 1 compensación US$ 7,137.21 ------------------------ TOTAL AL PAGAR: US$ 57,266.98 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente. Artículo 5º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7º.- La O fi cial Superior designada, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8º.- La mencionada O fi cial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9º.- La citada O fi cial Superior, está impedida de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1250734-6 Nombran Director General del Material de la Marina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2015-DE/MGP Lima, 12 de junio de 2015 Visto, el O fi cio P.200-1472 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 27 de mayo de 2015; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 790-2014- DE/MGP, de fecha 30 de diciembre de 2014, se nombró y asignó empleo a los O fi ciales del grado de Vicealmirante, a partir del 1 de enero de 2015, entre otros, al Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri, como Director General del Material de la Marina; Que, mediante Resolución Suprema Nº 118-2015- DE/MGP, de fecha 25 de marzo de 2015, se designó en Comisión Especial en el Exterior al Vicealmirante Gonzalo Nicolás RIOS Polastri, como Presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 1 de julio de 2015 al 30 de junio de 2016; Que, en el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 002-2015-DE/MGP, de fecha 6 de enero de 2015, se modi fi có el artículo 3º de la Resolución Suprema Nº 795- 2014-DE/MGP, de fecha 31 de diciembre de 2014, en el sentido de nombrar y asignar empleo al Contralmirante Silvio Javier ALVA Villamón, como Director Ejecutivo de la Dirección General del Material de la Marina, a partir del 2 de marzo de 2015; sin embargo, por razones del servicio es necesario modi fi car dicho cargo asignado, a fi n que el referido O fi cial Almirante ocupe el cargo de Director General del Material de la Marina; Que, el artículo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al O fi cial, en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y, conforme a su grado, antigüedad y especialidad; Que, el artículo 15º inciso A) de la referida Ley, establece que el nombramiento y asignación en el