Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de junio del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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Aprueban el Cronograma de Conciliacion de Desembolsos al 30 de Junio de 2015
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2015-EF/52.03
MORDAZA, 9 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 33° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, las entidades o Unidades Ejecutoras estan obligadas bajo responsabilidad, a conciliar con la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP) al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada ano fiscal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecucion esta a su cargo; Que, asimismo, mediante el literal a) del articulo 17°de la Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administracion de Deuda, aprobada por Resolucion Directoral N° 21-2006-EF/75.01; se establece que la DGETP emite una Resolucion Directoral para convocar a las Unidades Ejecutoras a realizar dicha conciliacion de acuerdo a un cronograma, por lo que resulta necesario aprobar el cronograma para la conciliacion de los citados desembolsos al 30 de junio de 2015; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, y el Decreto Supremo N° 1172014-EF, Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese el Cronograma de Conciliacion de Desembolsos al 30 de Junio de 2015, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, por la que se convoca a las entidades o Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la ejecucion de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, para conciliar con la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, el monto total de los desembolsos que hayan recibido al 30 de junio del Ano Fiscal 2015, bajo responsabilidad del titular de la entidad o Unidad Ejecutora respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico

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EDUCACION
Dejan sin efecto la R.M. N° 569-2014MINEDU
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2015-MINEDU
MORDAZA, 12 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad academica orientada a la investigacion y a la docencia, que brinda una formacion humanista, cientifica y tecnologica con una MORDAZA conciencia de nuestro MORDAZA como realidad multicultural. Adopta el concepto de educacion como derecho fundamental y servicio publico esencial, y esta integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades publicas son personas juridicas de derecho publico; Que, el articulo 29 de la referida Ley senala que aprobada la Ley de creacion de una universidad publica, el Ministerio de Educacion (MINEDU), constituye una Comision Organizadora integrada por tres (3) academicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como minimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobacion del estatuto, reglamentos y documentos de gestion academica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, asi como su conduccion y direccion hasta que se constituyan los organos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 569-2014MINEDU, publicada el 26 de diciembre de 2014, se constituyo la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, y se dejo sin efecto las disposiciones que se opongan a la referida Resolucion Ministerial; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, precisando en el literal l) de su articulo 9, que es funcion del Despacho Viceministerial de Gestion Pedagogica constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades publicas creadas por Ley; Que, de acuerdo a lo senalado en el parrafo precedente, mediante Resolucion Viceministerial N° 016-2015MINEDU, publicada el 28 de MORDAZA de 2015, se reconformo la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, por lo que corresponde dejar sin efecto, con eficacia a la fecha de publicacion de la referida Resolucion Viceministerial, la Resolucion Ministerial N° 569-2014-MINEDU;

ANEXO CRONOGRAMA DE CONCILIACION DE DESEMBOLSOS AL 30 DE JUNIO DE 2015
DIAS 13-07-2015 HORA 10:00 ENTIDADES MINISTERIO DE JUSTICIA

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