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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554922 o Monitorear y supervisar a las redes y microredes según jurisdicción sanitaria. - Comunicación: o Difusión masiva de medidas de prevención en medios de comunicación, de la transmisión del dengue y la fi ebre de Chikungunya. o Reunión y talleres comunicacional.o Difusión de medios de comunicación alternativa.o Ferias informativas.o Movilización social. - Promoción de prácticas saludables para prevenir y controlar el dengue. o Familias que desarrollan prácticas saludables para la prevención y control de enfermedades metaxénicas, con énfasis en la prevención de dengue y de la fi ebre de Chikungunya. o Instituciones educativas que promueven prácticas saludables para la prevención del dengue. o Municipios que promueven prácticas saludables para la prevención del dengue. - Vigilancia y el control de riesgos de transmisión, incluido el control del vector o Viviendas protegidas de los principales condicionantes de transmisión de riesgo de transmisión de dengue y la fi ebre de Chikungunya. VI. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO- N° de personas atendidas. - N° de exámenes de laboratorio realizados.- N° de personal de salud con competencias para la atención. - Porcentaje de escuelas con sesiones informativas- N° de sesiones informativas en la comunidad.- N° reuniones de coordinación con autoridades comunales - Porcentaje de viviendas protegidas en áreas de riesgo. VII. RESPONSABLES MINISTERIO DE SALUD:- Dirección General de Salud de las Personas. - Dirección General de Epidemiología.- Dirección General de Salud Ambiental.- Dirección General de Promoción de la Salud.- Instituto Nacional de Salud.- Ofi cina General de Defensa Nacional. - Ofi cina General de Comunicaciones. - Dirección de Abastecimiento y Recursos Estratégicos en Salud. GERENCIA REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD: - Gerencia General - Sub Gerencia de Cuidado Integral - Sub Gerencia de Promoción de la Gestión Territorial. - Sub Gerencia de Regulación Sectorial- Ofi cia de Epidemiología - Ofi cina de Comunicaciones - Laboratorio de Referencia Regional- Redes de Servicios de Salud: Trujillo, Ascope, Chepén, Pacasmayo, Virú y Gran Chimú. VIII. PLAZONoventa (90) días calendarios.IX. FINANCIAMIENTO.El presente Plan de Acción será fi nanciado de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 16, inciso b) del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA, siendo el Ministerio de Salud la entidad responsable de su fi nanciamiento, por un monto total de S/. 1´579,786.00. X. MONITOREO Y EVALUACIÓN- La Gerencia Regional de Salud La Libertad monitorea el cumplimiento del presente Plan de Acción. - La Gerencia Regional de Salud La Libertad implementa y supervisa actividades del presente Plan de Acción través de: o Visitas de supervisión a los establecimientos de salud. o Evaluación permanente del cumplimiento de actividades y tareas. o Evaluación continua de los indicadores de cumplimiento - La O fi cina de Epidemiología de la Gerencia de Salud La Libertad realizará el monitoreo de la situación de salud. - La evaluación del Plan de Acción se realizará mediante los indicadores de cumplimiento propuestos y el alcance de la metas. XI. RESUMENEn el departamento de La Libertad existe el riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de dengue, y un elevado riesgo de la introducción de la fi ebre de Chikungunya por la infestación del vector transmisor Aedes aegypti en 60 localidades de 21 distritos, referido a 5 provincias, 4 de las cuales están ubicadas en la región costera. A través del presente Plan de Acción se contribuirá a garantizar la atención a la población con riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de enfermedades metaxénicas en el ámbito del departamento de La Libertad, así como disminuir el riesgo de transmisión, aparición y diseminación de casos con la fi ebre de Chikungunya. XII. RECOMENDACIONESPresentar el presente Plan de Acción ante el Viceministro de Salud Pública, a fi n de su respectiva evaluación por el Comité Técnico encargado de evaluar y emitir opinión respecto de las solicitudes de declaratoria de emergencia sanitaria, conformada mediante Resolución Ministerial N° 354 – 2014/MINSA. Anexo II BIENES Y SERVCIOS REQUERIDOS PARA EL PLAN DE ACCION DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD DESCRIPCION DEL SERVCIO O BIENCANTI- DADUNIDAD DE MEDINAMONTOMOMENTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COMPO- NENTE AL QUE CONTRI- BUYE EL BIEN O SERVICIO1ER MES 2DO MES 3ER MES 12 3 4 12 34 12 34 MOVILIDAD LOCAL PARA PERSONAL QUE REALIZA ACCIONES DE INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO DE CASOS DE DENGUE Y/O CHIKUNGUNYA POR TRES MESES (29 PERSONAS, S/. 10.00 DÍA)614MOVI- LIDAD6,140 512 512 512 512 512 512 512 512 512 512 512 512EPIDEMIO- LOGIA