Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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o Monitorear y supervisar a las redes y microredes segun jurisdiccion sanitaria. - Comunicacion: o Difusion masiva de medidas de prevencion en medios de comunicacion, de la transmision del dengue y la fiebre de Chikungunya. o Reunion y talleres comunicacional. o Difusion de medios de comunicacion alternativa. o Ferias informativas. o Movilizacion social. - Promocion de practicas saludables para prevenir y controlar el dengue. o Familias que desarrollan practicas saludables para la prevencion y control de enfermedades metaxenicas, con enfasis en la prevencion de dengue y de la fiebre de Chikungunya. o Instituciones educativas que promueven practicas saludables para la prevencion del dengue. o Municipios que promueven practicas saludables para la prevencion del dengue. - Vigilancia y el control de riesgos de transmision, incluido el control del vector o Viviendas protegidas de los principales condicionantes de transmision de riesgo de transmision de dengue y la fiebre de Chikungunya. VI. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO - N° de personas atendidas. - N° de examenes de laboratorio realizados. - N° de personal de salud con competencias para la atencion. - Porcentaje de escuelas con sesiones informativas - N° de sesiones informativas en la comunidad. - N° reuniones de coordinacion con autoridades comunales - Porcentaje de viviendas protegidas en areas de riesgo. VII. RESPONSABLES MINISTERIO DE SALUD: - Direccion General de Salud de las Personas. - Direccion General de Epidemiologia. - Direccion General de Salud Ambiental. - Direccion General de Promocion de la Salud. - Instituto Nacional de Salud. - Oficina General de Defensa Nacional. - Oficina General de Comunicaciones. - Direccion de Abastecimiento y Recursos Estrategicos en Salud. GERENCIA REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD: - Gerencia General - Sub Gerencia de Cuidado Integral - Sub Gerencia de Promocion de la Gestion Territorial.

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

- Sub Gerencia de Regulacion Sectorial - Oficia de Epidemiologia - Oficina de Comunicaciones - Laboratorio de Referencia Regional - Redes de Servicios de Salud: MORDAZA, Ascope, Chepen, Pacasmayo, MORDAZA y Gran Chimu. VIII. PLAZO Noventa (90) dias calendarios. IX. FINANCIAMIENTO. El presente Plan de Accion sera financiado de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 16, inciso b) del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA, siendo el Ministerio de Salud la entidad responsable de su financiamiento, por un monto total de S/. 1´579,786.00. X. MONITOREO Y EVALUACION - La Gerencia Regional de Salud La MORDAZA monitorea el cumplimiento del presente Plan de Accion. - La Gerencia Regional de Salud La MORDAZA implementa y supervisa actividades del presente Plan de Accion traves de: o Visitas de supervision a los establecimientos de salud. o Evaluacion permanente del cumplimiento de actividades y tareas. o Evaluacion continua de los indicadores de cumplimiento - La Oficina de Epidemiologia de la Gerencia de Salud La MORDAZA realizara el monitoreo de la situacion de salud. - La evaluacion del Plan de Accion se realizara mediante los indicadores de cumplimiento propuestos y el alcance de la metas. XI. RESUMEN En el departamento de La MORDAZA existe el riesgo elevado de MORDAZA de casos graves y letales de dengue, y un elevado riesgo de la introduccion de la fiebre de Chikungunya por la infestacion del vector transmisor Aedes aegypti en 60 localidades de 21 distritos, referido a 5 provincias, 4 de las cuales estan ubicadas en la region costera. A traves del presente Plan de Accion se contribuira a garantizar la atencion a la poblacion con riesgo elevado de MORDAZA de casos graves y letales de enfermedades metaxenicas en el ambito del departamento de La MORDAZA, asi como disminuir el riesgo de transmision, aparicion y diseminacion de casos con la fiebre de Chikungunya. XII. RECOMENDACIONES Presentar el presente Plan de Accion ante el Viceministro de Salud Publica, a fin de su respectiva evaluacion por el Comite Tecnico encargado de evaluar y emitir opinion respecto de las solicitudes de declaratoria de emergencia sanitaria, conformada mediante Resolucion Ministerial N° 354 ­ 2014/MINSA.

Anexo II BIENES Y SERVCIOS REQUERIDOS PARA EL PLAN DE ACCION DEL DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA
MOMENTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COMPONENTE AL QUE CONTRIBUYE EL BIEN O SERVICIO 4

DESCRIPCION DEL SERVCIO O BIEN

CANTI- UNIDAD DE DAD MORDAZA

MONTO

1ER MES

2DO MES

3ER MES

1 MOVILIDAD LOCAL PARA PERSONAL QUE REALIZA ACCIONES DE INVESTIGACION Y SEGUIMIENTO DE CASOS DE DENGUE Y/O CHIKUNGUNYA POR TRES MESES (29 PERSONAS, S/. 10.00 DIA)

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1

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3

4

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2

3

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MOVILIDAD

6,140

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EPIDEMIOLOGIA

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