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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554906 entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la ejecución del proyecto de inversión pública “Acondicionamiento Turístico de Lago Yarinacocha - Región Ucayali”, con Código SNIP 107180; encargando al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a través de la Unidad Ejecutora Plan COPESCO Nacional, la ejecución integral del referido proyecto de inversión, para lo cual MINCETUR podrá suscribir los convenios que resulten necesarios con las entidades públicas involucradas del Gobierno Nacional, Regional y Local; Que, mediante el Memorándum N° 215-2015- MINCETUR/COPESCO-DE y el Informe N° 180-2015-MINCETUR/COPESCO-UEP, el Plan COPESCO Nacional solicita se gestione la aprobación de una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para el fi nanciamiento de la actividad “Acondicionamiento de terrenos para la etapa pre constructiva” del sub componente “Mitigación Ambiental”, componente 1: “Adecuadas facilidades turísticas en el ámbito del circuito turístico Lago de Yarinacocha”, del proyecto de inversión pública “Acondicionamiento Turístico de Lago Yarinacocha - Región Ucayali”, con Código SNIP 107180; señalando que el mismo fue declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y que se ha suscrito el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional N° 01-2015-MINCETUR/COPESCO-DE, modi fi cado por la Adenda N° 02; Que, mediante Informe Nº 219-2015-MINCETUR/SG/ OGPPD, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR señala que el crédito presupuestario que fi nancia la Transferencia de Partidas ascendente a CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 137 168,00), se encuentra previsto en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, por lo que considera procedente la misma; en mérito de lo cual a través del O fi cio N° 393- 2015-MINCETUR/SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 137 168,00), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para el fi nanciamiento de la actividad “Acondicionamiento de terrenos para la etapa pre constructiva” del sub componente “Mitigación Ambiental”, componente 1: “Adecuadas facilidades turísticas en el ámbito del circuito turístico Lago de Yarinacocha”, del proyecto de inversión pública “Acondicionamiento Turístico de Lago Yarinacocha - Región Ucayali”, con Código SNIP 107180; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modi fi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 137 168.00), del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Ucayali para el fi nanciamiento de la actividad “Acondicionamiento de terrenos para la etapa pre constructiva” del sub componente “Mitigación Ambiental”, componente 1: “Adecuadas facilidades turísticas en el ámbito del circuito turístico Lago de Yarinacocha”, del proyecto de inversión pública “Acondicionamiento Turístico de Lago Yarinacocha - Región Ucayali”, con Código SNIP 107180, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO NacionalPROGRAMAPRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos PROYECTO 2134075 : Acondicionamiento Turístico del Lago Yarinacocha-Región Ucayali FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 137 168,00 ========= TOTAL EGRESOS 137 168,00 ========= A LA: En Nuevos SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 462 : Gobierno Regional del Departamento de Ucayali UNIDAD EJECUTORA 001 : Región Ucayali – Sede Central.PROGRAMAPRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos PROYECTO 2134075 : Acondicionamiento Turístico del Lago Yarinacocha - Región Ucayali FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 137 168,00 ========= TOTAL EGRESOS 137 168,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información El pliego habilitado informará al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo sobre los avances físicos y fi nancieros de la actividad “Acondicionamiento de terrenos para la etapa pre constructiva” del sub componente “Mitigación Ambiental”, componente 1: “Adecuadas facilidades turísticas