Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

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cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se realizaran mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, con Memorando N° 436-2015/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley N° 30281, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de recursos a favor de diversos Gobiernos Locales y el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y de saneamiento rural, los cuales se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) y cuentan con las adendas de los convenios correspondientes; precisando que el financiamiento sera atendido con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Memorando Nº 1517-2015/VIVIENDA-OGPP, emite opinion favorable en materia presupuestal a la transferencia de recursos referida en el considerando precedente, e informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2015 de las Unidades Ejecutoras 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA y 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en merito de lo cual, a traves del Oficio N° 560-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita dar tramite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales y del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la continuidad de la ejecucion de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y de saneamiento rural; Que, de otro lado, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Oficio N° 473-2015/VIVIENDAOGPP informa que en la seccion MORDAZA del numeral 1.1 del articulo 1 del Decreto Supremo N° 117-2015-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 22 de MORDAZA de 2015, se incurrio en error material al consignarse en la transferencia de partidas a favor del programa presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural el monto de S/. 42 934 089,00, cifra que corresponde al monto total de la transferencia de partidas autorizada por el articulo 1 del Decreto Supremo MORDAZA citado, en vez del monto correspondiente a dicho programa presupuestal que asciende a S/. 41 100 557,00, segun se advierte de la seccion primera del numeral 1.1 del mismo articulo 1, siendo necesario rectificar el error consignado en el citado Decreto Supremo N° 117-2015-EF; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, el articulo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Ano Fiscal 2015, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal

en el ambito del circuito turistico Lago de Yarinacocha", del proyecto de inversion publica "Acondicionamiento Turistico de Lago Yarinacocha - Region Ucayali", con Codigo SNIP 107180, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adendas correspondientes, para efectos del monitoreo al que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 30281. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de junio del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, para financiar la Ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento MORDAZA y Rural y modifica el Numeral 1.1 del Articulo 1 del Decreto Supremo N° 117-2015EF
DECRETO SUPREMO Nº 134-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo senala que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo, desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado articulo 11 y el articulo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Ano Fiscal 2015, senalan que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); asi como, con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio definitivo o expediente tecnico detallado, o con el registro de Variaciones en la Fase de Inversion, o con el registro de la Verificacion de Viabilidad en el Banco de Proyectos del SNIP, a los que se refiere la Directiva N° 001-2011EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modificatorias; y que solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2015; senalando que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del

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