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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554927 se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, están exceptuadas de la prohibición a que hace referencia el mencionado artículo y se aprueban mediante Resolución del Titular de la Entidad; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Administración, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modi fi catoria; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la abogada Paola Jussieu Salas Aranda, profesional de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 15 al 18 de junio de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: • Pasaje tarifa económica (incluido TUUA) : US$ 960.16 • Viáticos por 03 días (US$ 370x3,incluido gastos deinstalación) : US$ 1,110.00 ------------------------- TOTAL : US$ 2,070.16 Artículo 3.- Disponer que la citada profesional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la Entidad, con copia a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que acudirá; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1250558-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban formato y especificaciones técnicas del Certificado, Calcomanía y Holograma de Seguridad Contra Accidentes de Tránsito - CAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2015 MTC/01.02 Lima, 11 de junio de 2015 VISTOS: El Informe N° 482-2015-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad, remitido con el Memorándum N° 1809-2015-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República debe contar con una póliza de seguros vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT o Certi fi cado Contra Accidentes de Tránsito - CAT, debiendo el último de ellos ser entregado por las asociaciones de fondos regionales o provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT y destinado exclusivamente a vehículos de transporte provincial de personas, urbano e interurbano, incluyendo el transporte especial de personas en mototaxis que presten servicios al interior de la región o provincia; Que, el artículo 37 del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2006-MTC, establece que las coberturas, características y demás condiciones del Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito, deberán constar en un formato, cuyo contenido será aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asimismo señala que el Ministerio aprobará el formato, características y especi fi caciones técnicas de la Calcomanía que deben exhibir los vehículos coberturados, en lugar visible del parabrisas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 349- 2014-MTC/02 se aprobó el formato, el contenido y las especi fi caciones técnicas del Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito - CAT, de la Calcomanía y del Holograma de Seguridad para el período comprendido entre el 15 de junio de 2014 y el 14 de junio de 2015; Que, a través del O fi cio N° 11621-2015-SBS, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, comunicó su no objeción sobre el formato y especi fi caciones técnicas del Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito - CAT, la Calcomanía y el Holograma de Seguridad para el período comprendido del 15 de junio de 2015 al 14 de junio de 2016, que le fue remitido por la Dirección General de Transporte Terrestre con el O fi cio N° 979-2015-MTC/15; Que, mediante el Informe N° 482-2015-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, se consideran viables el formato, las características y las especi fi caciones técnicas del Certi fi cado Contra Accidentes de Tránsito - CAT, de la Calcomanía y del Holograma de Seguridad para el período comprendido desde el 15 de junio de 2015 al 14 de junio de 2016, recomendándose su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Decreto Supremo N° 040-2006-MTC, que aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito; SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobación del formato y las especi fi caciones técnicas del Certi fi cado Contra Accidentes de Tránsito - CAT Aprobar, para el período comprendido desde el 15 de junio de 2015 hasta el 14 de junio de 2016, el formato y el contenido del Certi fi cado contra Accidentes de Tránsito - CAT, conforme a las características y especi fi caciones técnicas establecidas en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobación del formato y las especi fi caciones técnicas de la Calcomanía del Certifi cado Contra Accidentes de Tránsito - CAT Aprobar, para el período comprendido desde el 15 de junio de 2015 hasta el 14 de junio de 2016, el formato, las características y las especi fi caciones técnicas de la Calcomanía del Certi fi cado Contra Accidentes de Tránsito - CAT, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente resolución.