Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar los articulos 1º y 2º de la Resolucion Jefatural Nº 108-2015-J-OPE/INS, publicada el 12 de junio de 2015, en el Diario Oficial "El Peruano", en los terminos siguientes: "Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villasante al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Investigacion de la Oficina General de Investigacion y Transferencia Tecnologica del Instituto Nacional de Salud, con eficacia anticipada a partir del 12 de junio de 2015, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados." "Articulo 2º.- Encargar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calvo las funciones de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Investigacion de la Oficina General de Investigacion y Transferencia Tecnologica del Instituto Nacional de Salud, con eficacia anticipada a partir del 12 de junio de 2015, en adicion a sus funciones." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOZZER MORDAZA Jefe 1250261-1

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Modifican el Reglamento de los Consejos de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 059-2015-CD/OSIPTEL MORDAZA, 4 de junio de 2015 MATERIA Modificacion del Reglamento de los Consejos de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL. VISTO: El Informe N° 044-ST/2015 de la Secretaria Tecnica de los Organos Colegiados referente a la modificacion del Reglamento de los Consejos de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL- y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 15° del Reglamento de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo N° 0422005-PCM, corresponde al Consejo Directivo de cada Organismo Regulador determinar el numero de miembros del Consejo de Usuarios; Que, por Decreto Supremo N° 003-2007-PCM se dictaron normas referidas a la conformacion, estructura y funcionamiento de los Consejos de Usuarios que operan en los distintos organismos reguladores; Que, a traves de la Resolucion N° 078-2013-CD/ OSIPTEL de fecha 13 de junio de 2013 se aprobo la conformacion del Consejo de Usuarios del OSIPTEL periodo 2013-2015, disponiendo la creacion de 03 (tres) Consejos, los mismos que ejercen funciones a nivel regional, en las zonas norte, centro y sur del pais.

Que, mediante Resolucion N° 118-2013-CD/OSIPTEL de fecha 22 de agosto de 2013, se derogo el anterior Reglamento del Consejo de Usuarios del OSIPTEL y se aprobo un MORDAZA Reglamento de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL, el cual normo los aspectos vinculados al funcionamiento de los 03 (tres) Consejos de Usuarios a nivel macro regional; Que, mediante Resolucion N° 037-2015-CD/OSIPTEL de fecha 23 de MORDAZA de 2015, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 29 de MORDAZA de 2015, se aprobo la Conformacion de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2015-2017; estableciendo, (03) tres Consejos de Usuarios, en las zonas norte, centro y sur del pais; Que, dada la experiencia obtenida con la gestion de los 03 (tres) Consejos de Usuarios en el periodo 2013-2015, se considera conveniente realizar ciertas modificaciones al Reglamento vigente a fin de mejorar el funcionamiento y desempeno de los Consejos de Usuarios. Que, segun lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL, aprobado por Resolucion N° 118-2013-CD/OSIPTEL de fecha 22 de agosto de 2013, el Reglamento podra ser modificado de oficio, por el Consejo Directivo del OSIPTEL, con arreglo a las normas legales y reglamentarias que rigen su estructura, fines y funcionamiento; Que, por tanto resulta pertinente modificar el Reglamento del Consejo de Usuarios del OSIPTEL, aprobado por Resolucion N° 118-2013-CD/OSIPTEL de fecha 22 de agosto de 2013, a fin de adecuar su texto a los requerimientos institucionales; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso b) del Articulo 75° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion N° 573; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo 6° del Reglamento de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 118-2013-CD/OSIPTEL, de fecha 22 de agosto de 2013, por el siguiente texto: "Articulo 6°.- Sede La sede de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL quedara establecida en la Resolucion de Conformacion de los Consejos de Usuarios. Las sesiones correspondientes a cada uno de los Consejos de Usuarios, deberan llevarse a cabo en la sede institucional del OSIPTEL de la MORDAZA en la que tiene su sede el respectivo Consejo de Usuarios." Articulo Segundo.- Modificar el articulo 9° del Reglamento de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 118-2013-CD/OSIPTEL, de fecha 22 de agosto de 2013, por el siguiente texto: "Articulo 9°.- Autoridades del Consejo Cada Consejo de Usuarios elige entre sus miembros y remueve, por mayoria simple, a su Coordinador, a su Coordinador Alterno y a su Secretario de Actas. La eleccion es informada al OSIPTEL en un plazo no mayor de 5 dias calendario de realizada la misma. El plazo por el que se ejerce el cargo de Coordinador, Coordinador Alterno y Secretario de Actas, es por un ano, pudiendo ser renovados en sus cargos. Si luego de transcurrido el ano no se designan nuevas autoridades, se entiende que las anteriores elegidas se mantienen en el cargo." Articulo Tercero.- Modificar el inciso (h) del articulo 10° del Reglamento de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 118-2013-CD/OSIPTEL, de fecha 22 de agosto de 2013, con el siguiente texto: "Articulo 10°.- Funciones del Coordinador del Consejo de Usuarios (...) h) Presentar, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento, el Plan Operativo Anual y el Informe Anual de Actividades."

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