Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2015 (14/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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de Usuarios del OSIPTEL y designo al Comite Electoral para el MORDAZA de eleccion de sus miembros para el periodo 2015-2017; El Informe Nº 001-CE/2015 del Comite Electoral de fecha 09 de junio de 2015; y con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM, corresponde a los Organismos Reguladores, a traves de su Consejo Directivo, determinar el numero de Consejos de Usuarios y de sus miembros, asi como al Presidente del Consejo Directivo convocar al MORDAZA de eleccion de los mismos. Que, los articulos 15º al 26º del Reglamento de la Ley N° 27332, establecen las normas aplicables para el MORDAZA de eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios de los Organismos Reguladores. Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0372015-CD/OSIPTEL del 23 de MORDAZA de 2015, publicada en el diario oficial El Peruano el dia 29 de MORDAZA de 2015, se aprobo el numero y conformacion de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2015-2017. De conformidad con lo establecido en el articulo 20º del Reglamento de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332, corresponde al Presidente del Consejo Directivo efectuar la convocatoria a eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocatoria Disponer la convocatoria al MORDAZA de Eleccion de los 03 (tres) miembros que integraran cada uno de los 03 (tres) Consejos de Usuarios Regionales del OSIPTEL: Region Norte, Region Centro y Region Sur, para el periodo 2015-2017, en cumplimiento de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM y la Resolucion de Consejo Directivo Nº 037-2015-CD/OSIPTEL. Articulo 2º.- Propuesta de Candidatos Podran presentar candidatos al MORDAZA de Eleccion de su region, las siguientes organizaciones: (i) Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Publico de su region y cuyo domicilio unico o principal se encuentre ubicado en la region en la que operara el respectivo Consejo de Usuarios. (ii) Las Universidades Publicas y Privadas que cuenten con Facultades relacionadas con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones en la region. (iii) Los Colegios Profesionales de la region o su representacion departamental, de ser el caso, cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones. (iv) Las Organizaciones sin fines de lucro constituidas en la region, vinculadas al MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones. (v) Las Organizaciones del Sector Empresarial no vinculadas al MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones, constituidas en la region respectiva. Las Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones citadas en los numerales (ii) al (v) deben estar debidamente creadas o constituidas, y de ser el caso, inscritas en el Registro Publico respectivo. Todas las organizaciones a las que se refiere el presente articulo deben cumplir con los demas requisitos senalados en la Ley Nº 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el MORDAZA de Eleccion. Cada organizacion puede presentar solo un (1) candidato.

El Peruano MORDAZA 14 de junio de 2015

Articulo 3º.- Requisitos del candidato Los candidatos elegibles son aquellas personas naturales que: 1. Hayan sido debidamente designadas por los organos competentes de las citadas organizaciones. 2. Su candidatura MORDAZA sido presentada oportunamente ante este Organismo. 3. Cuenten, como minimo, con educacion superior. 4. Tengan domicilio en la region en la que operara el respectivo Consejo de Usuarios no menor a seis (06) meses anteriores a la fecha de la publicacion de la presente convocatoria al MORDAZA electoral. 5. No tengan relacion conyugal o de parentesco con otros candidatos aptos al MORDAZA electoral hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad. No seran elegibles como candidatos aquellos representantes de organizaciones que hayan sido designados como miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL durante dos periodos o mandatos anteriores consecutivos. Articulo 4º.- Electores El derecho de MORDAZA sera ejercido solo por el representante legal de cada organizacion. A cada organizacion le corresponde emitir un voto. Articulo 5º.- Lugar y fecha de las elecciones Las elecciones para las tres (03) regiones: norte, centro y sur se llevaran a cabo el dia 12 de agosto de 2015. Las elecciones se realizaran en las Oficinas Desconcentradas del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL de La MORDAZA, ubicada en Jr. MORDAZA N° 440 - MORDAZA, y de MORDAZA, ubicada en MORDAZA MORDAZA Mostajo N° 313 ­ Yanahuara a las 09:30 horas y en la sede institucional, ubicada en MORDAZA De La Prosa N° 136, distrito de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, a las 14:30 horas. El Reglamento Electoral establecera el procedimiento del MORDAZA electoral y podra determinar centros de votacion adicionales. Articulo 6º.- Cronograma del MORDAZA de eleccion Aprobar el siguiente cronograma del MORDAZA de eleccion, el cual sera publicado en la pagina web institucional del OSIPTEL. Etapa Inscripcion en el Padron Electoral / MORDAZA de Candidatos ­ Fecha limite Publicacion de candidatos Eleccion, escrutinio y proclamacion Fecha MORDAZA de difusion de resultados y publicacion Fecha MORDAZA de entrega de credenciales y toma de juramento Plazos 07.07.2015 13.07.2015 12.08.2015 22.08.2015 10.09.2015

Articulo 7º.- Notificacion Encargar a la Gerencia de General la notificacion de la presente convocatoria de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 20° del Reglamento de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM . Articulo 8º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en la pagina web institucional. Asimismo, se dispone la publicacion del aviso de convocatoria en un diario de mayor circulacion a nivel nacional y en el diario local de mayor circulacion de cada una de las regiones, asi como en la pagina web institucional y en carteles colocados en lugares visibles del OSIPTEL y de las Oficinas Desconcentradas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1250118-1

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