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El Peruano Domingo 1 de marzo de 2015 547756 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Disponen publicación de proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la conformación mínima de los equipos profesionales multidisciplinarios de las entidades que requieran inscribirse en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales en el Sector Energía y Minas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 016-2015-SENACE/J Lima, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se aprobó la creación del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) conforme a lo establecido en la Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, el Literal b) del Artículo 3° de la Ley antes citada, señala como función del SENACE administrar, entre otros, el Registro Nacional de Consultoras Ambientales; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM, se aprobó el Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), modifi cado posteriormente por el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAM; Que, el Artículo 10° de dicho Reglamento, establece que la conformación mínima de los equipos profesionales multidisciplinarios de las entidades que requieran calificar como autorizadas para la elaboración de estudios ambientales, será determinada mediante Resolución Jefatural del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE); Que, la Primera Disposición Complementaria Final y Transitoria del Reglamento antes mencionado, señala que la transferencia de los registros que administran las autoridades competentes en el marco del SEIA, se realizará en concordancia con el proceso de implementación del SENACE; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013- MINAM se aprobó el cronograma y plazos para el proceso de implementación del SENACE, estableciéndose que durante la Segunda Etapa se desarrollará la fase correspondiente a la elaboración e implementación de herramientas, entre las que se encuentra la aprobación de las normas necesarias para la implementación del Registro Nacional de Consultoras Ambientales; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 18 de febrero de 2015, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las autoridades sectoriales al SENACE; Que, la implementación de dicho cronograma se realizará progresivamente, iniciándose en el segundo trimestre del año 2015 con el sector Energía y Minas, lo que a su vez hace necesaria la implementación progresiva del Registro Nacional de Consultoras Ambientales; Que, asimismo, resulta necesario aprobar la norma que regula la conformación mínima de los equipos profesionales multidisciplinarios de las entidades que requieran inscribirse en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales en el ámbito del sector Energía y Minas; Que, de conformidad con el Artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales aprobado mediante Decreto Supremo N° 002- 2009-MINAM, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, en tal sentido corresponde publicar el proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la conformación mínima de los equipos profesionales multidisciplinarios de las entidades que requieran inscribirse en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales en el sector Energía y Minas, a fi n de recibir observaciones, comentarios y/o sugerencias; Con los visados de la Secretaría General, de la Dirección de Gestión Estratégica, de la Dirección de Registros Ambientales y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Decreto Supremo N° 011-2013-MINAM y modifi cado por Decreto Supremo N° 005-2015-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Literal j) del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM; y, en el marco de la encargatura dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 033-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la conformación mínima de los equipos profesionales multidisciplinarios de las entidades que requieran inscribirse en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales en el sector Energía y Minas, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Dicha publicación se realizará en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE (www.senace.gob. pe), a fi n de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 2°.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el Artículo 1° de la presente Resolución, deberán ser remitidas, por escrito al Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, ubicado en la avenida Guardia Civil N° 115 del distrito de San Borja, y/o a la dirección electrónica profesionalesconsultoras@senace.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS DEL PILAR VERÁSTEGUI SALAZAR Jefa (e) del Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE 1205529-1 Delegan facultades en la Oficina de Administración del SENACE durante el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 020-2015-SENACE/J Lima, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias;