Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2015 (01/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 1 de marzo de 2015

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y en los respectivos instrumentos de gestion institucional, resulta pertinente delegar y/o desconcentrar en la Oficina de Administracion determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad hasta la culminacion del Ano Fiscal 2015; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 033-2015MINAM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de febrero de 2015, se dispuso encargar a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Secretaria General encargada la Jefatura del SENACE; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administracion; y, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1017Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM; y, en el MORDAZA de la encargatura dispuesta mediante Resolucion Ministerial N° 033-2015-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Oficina de Administracion del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE durante el Ano Fiscal 2015: 1.1 Facultades en materia presupuestal: 1.1.1 Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico a que se refiere el Articulo 40° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe tecnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 1.1.2 Emitir las directivas internas para la ejecucion y racionalizacion del gasto que permita un manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ano Fiscal 2015. 1.2 Facultades en materia de contrataciones del Estado: 1.2.1 Modificar el Plan Anual de Contrataciones, y supervisar periodicamente su ejecucion, en el MORDAZA de lo establecido en la Directiva N° 005-2009-0SCE/CD, Plan Anual de Contrataciones. 1.2.2 Aprobar los expedientes de contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de los procesos declarados desiertos. 1.2.3 Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comites Permanentes y Especiales Ad Hoc. 1.2.4 Autorizar la participacion de expertos independientes para apoyar a los Comites Permanentes y Especiales. 1.2.5 Aprobar las bases administrativas de los procesos de seleccion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de los procesos declarados desiertos. 1.2.6 Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de los procesos declarados desiertos. 1.2.7 Suscribir, en representacion del SENACE, los contratos y adendas derivados de los procesos de seleccion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de los procesos declarados desiertos, previo visado de la Oficina de Asesoria Juridica. 1.2.8 Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios provenientes de procesos de seleccion de Licitaciones Publicas,

El Articulo 77° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que las entidades estan facultadas para dar estabilidad a la colaboracion interinstitucional mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboracion u otros medios legalmente admisibles; asimismo, senala que por los convenios de colaboracion, las entidades a traves de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley, acuerdos en el ambito de su respectiva competencia; Que, la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 establece disposiciones que deben observar las entidades del Sector Publico para ejecutar el MORDAZA presupuestario durante el ejercicio fiscal 2015; Que, el Numeral 7.1 del Articulo 7° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad es la mas alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la MORDAZA correspondiente; Que, el Numeral 40.2 del Articulo 40° de la MORDAZA MORDAZA citada senala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; asimismo, establece que el Titular de la Entidad puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa que debe ser debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1017 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, Ley de Contrataciones del Estado) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF se establecen los procedimientos que deben observar las entidades para tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, el Articulo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que el Titular de la Entidad podra delegar sus competencias en materia de contratacion publica, salvo que se trate de la aprobacion de exoneraciones, declaracion de nulidad de oficio, autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que expresamente se encuentren establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, por otro lado, el Articulo 32° de la Ley de Contrataciones del Estado y el Articulo 19° de su Reglamento establecen que cuando una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa son declarados desiertos, debe convocarse a un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Derivada; Que, mediante Opinion N° 084-2011/DTN la Direccion Tecnica Normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado concluye que la aprobacion del expediente de contratacion y de las Bases de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia que derive de una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa declarados desiertos, estara a cargo del funcionario que aprobo el expediente de contratacion y las Bases del MORDAZA declarado desierto, ya sea el Titular de la Entidad o el funcionario delegado, segun corresponda; Que, el Articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Certificacion Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM (en adelante, ROF del SENACE), establece que la Jefatura es la MORDAZA autoridad ejecutiva del SENACE, ejerce la representacion legal y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, asimismo, el Articulo 12° del ROF del SENACE establece que el Jefe del SENACE puede delegar internamente una o mas funciones, en lo que resulte pertinente y en concordancia con la normativa vigente; Que, de otro lado, el Articulo 31° del ROF del SENACE establece que la Oficina de Administracion es el organo responsable de la gestion de los recursos humanos, contables, de tesoreria y logisticos de los diferentes organos del SENACE y depende jerarquicamente de la Secretaria General; Que, con el proposito de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa de la Entidad y a fin de garantizar una adecuada gestion en la administracion de los recursos asignados, en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes y servicios y en la gestion de recursos humanos que permitan al SENACE cumplir de manera oportuna y eficaz las funciones establecidas en su MORDAZA de creacion

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