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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2015 (13/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015 548489 Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº0122-2015/SBN-DGPE-SDAPE emitido con fecha 05 de febrero de 2015; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Nº 703-2014/SBN-DGPE-SDAPE, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 117,62 m² ubicado en la Avenida Salvador Allende sin número, colindante al Lote 5 de la Manzana “C” del Asentamiento Humano “Villa Los Ángeles II”, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.” Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1210277-21 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de predio ubicado en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 100-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 18 de febrero del 2015 Visto el Expediente Nº 063-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 215 951,99 m², ubicado al Sur de la Comunidad Campesina de Jicamarca, a 1 kilómetro del Paradero 1 de la Avenida Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el predio de 215 951,99 m², ubicado al Sur de la Comunidad Campesina de Jicamarca, a 1 kilómetro del Paradero 1 de la Avenida Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Técnico Nº 2014-2015-SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 29 de enero de 2015 (fojas 15 a 17), la Zona Registral Nº IX- Sede Lima señaló que el predio en consulta se encuentra en ámbito del cual en la base gráfi ca parcial del mosaico de predios no se ha identifi cado a la fecha, información gráfi ca de plano con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de enero de 2015, se verifi có (fojas 18) que el predio es de naturaleza eriaza, forma irregular, topografía accidentada con pendiente variada y ocupado por terceros; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 215 951,99 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0142-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 12 de febrero de 2015 (fojas 19 a 22); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 215 951,99 m² ubicado al Sur de la Comunidad Campesina de Jicamarca, a 1 kilómetro del Paradero 1 de la Avenida Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral NºIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1210277-20 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Moquegua, Ancash, Ica y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 133-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de febrero del 2015 Visto el Expediente Nº 178-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 50 237,62 m², ubicado al Noreste del cerro Monte de Trigo, aproximadamente a 3,6 Km. de la margen derecha del Km. 1150 de la Panamericana Sur (Tramo Tacna-Moquegua), en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 50 237,68 m², ubicado al Noreste del cerro Monte