Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 85

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549135 Reglamento de la Ley del Martillero Público aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS. Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al Año Judicial 2015, se presenten del 23 al 27 de marzo del año en curso, siendo dicho plazo improrrogable. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Área de Servicios Judiciales y Recaudación, que adicionalmente a la presente resolución haga de conocimiento a los Martilleros que se encuentren registrados en la Nómina del Año 2014, de las disposiciones del proceso de inscripción y reinscripción, a los correos electrónicos registrados ante dicha Dependencia. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, de la Unidad de Servicios Judiciales y del Área de Servicios Judiciales, a través de la Secretaría General para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1214941-1 Conforman la Comisión de Arte, Cultura y Deportes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año judicial 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 175-2015 -P-CSJLE-PJ Chaclacayo, 19 de marzo de 2015 VISTA: La Resolución Administrativa 023-2014-CSJLE de fecha 06 de junio del año 2014; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por resolución administrativa de vistos, se creó la Comisión de Arte, Cultura y Deportes de esta Corte Superior de Justicia, estableciéndose los fi nes que debía cumplir y designándose los miembros que la integraron durante el año judicial 2014. Segundo.- Estando a ello para el presente año judicial, resulta pertinente conformar la Comisión que continuará con las actividades propias tanto artísticas como culturales y deportivas, con el objeto que Magistrados y Personal Jurisdiccional y/o Administrativo en forma integrada, participen en los diferentes eventos que se programen tanto a nivel interno como en otras Cortes Superiores de Justicia del país. Por las consideraciones expuestas y estando a las facultades otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único y Ornado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión de Arte, Cultura y Deportes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año judicial 2015 que estará integrada de la siguiente manera: Dr. Darío Octavio Palacios Dextre Presidente Dr. Fredy Gómez Malpartida Vicepresidente Dr. Máximo Dionicio Osorio Arce Vocal de Organización Dr. José Manuel Quispe Morote Vocal de Prensa y Propaganda Dr. José Yván Saravia Quispe Coordinador de Logística Dra. Silvana Lovera Jiménez Tesorera Dra. Fiorella Katherine Erika Masías Figueroa Secretaria Sr. Martin Govea Sánchez Asistente. Sr. Eduardo Salvador Ramos Asistente. Sr. Raúl André Correa Sarmiento Asistente. Sr. Adrián Araujo Vásquez Asistente. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Administración Distrital y la Ofi cina de Personal de la Corte respectivamente, brinden el apoyo a los miembros de la comisión para los fi nes de la presente resolución, dándose cuenta a esta Presidencia. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución administrativa en conocimiento de la Gerencia General, Ofi cina de Administración Distrital, Área de Personal, Área de Imagen, Prensa y Protocolo de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, y de los interesados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1214944-1 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban Directiva “Fiscalización posterior en los procedimientos administrativos comprendidos en el TUPA de la Contraloría General de la República” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 133-2015-CG Lima, 20 de marzo de 2015 VISTO, la Hoja Informativa N° 00014-2015-CG/ PROCAL del Departamento de Gestión de Procesos y Calidad; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 1.16 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la tramitación de los procedimientos administrativos se sustenta en la aplicación de la fi scalización posterior, reservándose la autoridad administrativa el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada, el cumplimiento de la normatividad sustantiva y aplicar las sanciones pertinentes en caso que la información presentada no sea veraz; Que, el numeral 32.1 del artículo 32° de la citada Ley N° 27444 establece que por la fi scalización posterior, la entidad ante la que se realiza un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa, queda obligada a verifi car de ofi cio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado; Que, mediante Decreto Supremo N° 096-2007-PCM se establecieron las normas y lineamientos aplicables a las acciones de fi scalización posterior en los procedimientos administrativos sujetos a aprobación automática o aprobación previa; disponiendo en su Segunda Disposición Complementaria y Transitoria, que las entidades a que se refi ere el artículo I del Título Preliminar de la Ley N°