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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2015 (21/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Sábado 21 de marzo de 2015 549134 de la Corte Superior de Justicia de Lima, pone en funcionamiento a partir del 15 de marzo de 2015, al 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, al 4° Juzgado Penal Unipersonal de Lima y 2° Sala Penal de Apelaciones -este último órgano jurisdiccional integrado por los Jueces Superiores que conforman la 4° Sala Penal Especial Liquidadora-, por lo que resulta necesario disponer las medidas administrativas para la distribución de los expedientes que tramitan los órganos jurisdiccionales existentes en el Subsistema Anticorrupción con los creados mediante la Resolución Administrativa N° 289-2014-CE-PJ. Cuarto.- Que en tal sentido la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, después de la presentación y deliberación de la problemática y recomendaciones expuestas por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo acordó disponer las acciones administrativas respectivas para que se lleve a cabo la distribución de expedientes. Quinto.- Que, estando a lo antes expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 19º del artículo 96° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER las siguientes medidas administrativas, por un periodo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución: • El 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima remitirán en forma aleatoria cada uno de ellos el 35% de sus expedientes en estado de trámite y que no se encuentren en ejecución de sentencia, a la mesa de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza”. Una vez recepcionado los expedientes, la mesa de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza” remitirá los expedientes al 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. • El 1°, 2° y 3° Juzgado Unipersonal de Lima remitirán en forma aleatoria cada uno de ellos la cantidad de 30% expedientes que se encuentren para inicio de juicio oral a la mesa de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza”. Una vez recepcionado los expedientes, la mesa de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza” remitirá los expedientes al 4° Juzgado Unipersonal de Lima. Artículo Segundo.- PRECISAR que al haberse dispuesto que la 2° Sala Penal de Apelaciones de Lima, se integre por los Jueces Superiores que conforman la 4° Sala Penal Especial Liquidadora, la denominación de este órgano jurisdiccional será: 2° Sala Penal de Apelaciones de Lima- 4° Sala Penal Especial Liquidadora de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER que la 2° Sala Penal de Apelaciones de Lima- 4° Sala Penal Especial Liquidadora de Lima, iniciará sus funciones en relación a los delitos cometidos en el marco de las Leyes N° 29574 y 29648 con carga cero; y continuará con el ingreso de modo equitativo y aleatorio hasta equiparar la carga con la 1° Sala Penal de Apelaciones. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los expedientes en grado de apelación del Juzgado Penal Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual Supraprovincial de Lima y Callao serán conocidos por la 1° Sala Penal de Apelaciones y la 2° Sala de Apelaciones- 4° Sala Penal Especial Liquidadora, mediante el ingreso aleatorio y equitativo de la Mesa de Partes correspondiente. Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo conjuntamente con la Unidad de Administración y Finanzas y la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia realizará las gestiones pertinentes para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, así como el seguimiento y monitoreo constante de los órganos jurisdiccionales implicados en la presente Resolución. Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de Administración adopte las medidas administrativas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa de Finanzas, mediante su Coordinación de Informática, deberá velar por la adecuación del sistema informático - SIJ, para el cumplimiento de la presente resolución asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n de que vele por su cumplimiento, debiendo estar presente, participar y constatar la correcta remisión de expedientes a la mesa de partes procediendo conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Noveno.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y Unidad de Planeamiento y Desarrollo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1214943-1 Establecen plazo para la presentación de solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al Año Judicial 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 140-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 18 de Marzo del 2015. VISTOS: El Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ de fecha veintiséis de diciembre del dos mil doce, la Resolución Administrativa N° 167-2014-P-CSJLI/PJ de fecha veintinueve de mayo del dos mil catorce; la Resolución Jefatural Nº 071-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF publicada el 01 de Marzo en el Diario Ofi cial El Peruano; y el Ofi cio N° 187-2015-USJ-CSJLI-PJ, de fecha trece de marzo del dos mil quince; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ de fecha 26 de diciembre del 2012, dispone en el rubro 23, el procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el cual debe realizarse anualmente; Que, mediante Resolución Administrativa N° 167- 2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 29 de mayo del 2014, se aprobó la Nómina de Martilleros Públicos correspondiente al año judicial 2014; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 071-2015- SUNARP-Z.R.N°IX/JEF publicada el 01 de Marzo en el Diario Ofi cial El Peruano, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos habilita a diversas personas naturales para ejercer el cargo de Martilleros Públicos durante el año 2015; Que, mediante Ofi cio N° 187-2015-USJ-CSJLI-PJ, de fecha 13 de Marzo del 2015, la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales, solicita se establezca el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para que se incorporen a la nueva nómina de Martilleros de esta Corte Superior de Justicia, debiendo cumplirse con lo establecido en el artículo 4° del