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El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552442 Conforman la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 17-2015-OTASS/DE Lima, 8 de mayo de 2015 VISTOS, el Informe N° 001-2015-OTASS/OA/CRRHH del Coordinador (e) de Recursos Humanos, el Informe N° 017-2015-OTASS/OA de la Ofi cina de Administración, el Informe N° 019-2015-OTASS/SG de la Secretaria General y el Memorando N° 028-2015-OTASS/DE de la Dirección Ejecutiva del OTASS; CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las entidades públicas comprendidas en su ámbito deberán pasar al nuevo régimen del servicio civil de manera progresiva en un plazo máximo de seis (6) años; Que, los Lineamientos para el Tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013- SERVIR/PE, establecen cuatro etapas para el tránsito: i) la preparación de la entidad, ii) el análisis situacional de la entidad, iii) la aplicación de mejoras internas y, iv) la implementación del nuevo régimen, disponiéndose que en la primera etapa se conformará una Comisión de Tránsito que estará encargada de impulsar el proceso de tránsito al régimen del Servicio Civil, así como de difundir y supervisar cada una de sus etapas y, en representación de la entidad, coordinar con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR el desarrollo de las etapas de dicho proceso; Que, los Lineamientos citados en el considerando precedente disponen que la Comisión de Tránsito será designada por Resolución Administrativa del Titular de la Entidad y estará compuesto por un representante del titular de la entidad, el Secretario General o Gerente General o quien haga sus veces; el Jefe del área de Recursos Humanos, o el que haga sus veces; el Jefe del área de Planifi cación y Presupuesto, o Racionalización, u Organización y Métodos, o la que haga sus veces y un representante del área de Administración o quien haga sus veces; Que, en ese sentido, corresponde conformar la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del Órgano Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, que se encargará de impulsar dicho proceso, así como la difusión y supervisión de cada una de sus etapas; Con la visación de la Secretaria General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de la Ofi cina de Administración; En uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, y los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, aprobados con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2013-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, la cual estará integrada por: • Secretario General, que presidirá la Comisión • El Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en representación del titular de la Entidad • El Coordinador de Recursos Humanos • El Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto • El Coordinador de Tesorería, en representación de la Ofi cina de Administración Artículo Segundo.- La comisión conformada en el artículo primero se instalará en un plazo de cinco (5) días hábiles de aprobada la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a los miembros de la Comisión y su publicación en el link del OTASS en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS CADILLO LA TORRE Directora Ejecutiva 1236060-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Barranca, Provincia de Datem del Marañón, Corte Superior de Justicia de Loreto, efectúe labor de itinerancia en los Distritos de Cahuapanas, Manseriche, Morona y Pastaza de la Provincia de Datem del Marañón RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 144-2015-CE-PJ Lima, 22 de abril de 2015 VISTOS: El Ofi cio N° 277-2015-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 047-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, remitidos por el Jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial, respecto al Ofi cio N° 0380-2015-PJ/CSJLO-P cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y el Ofi cio N° 1575-2014-JUS/SG del Secretario General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la actualmente denominada Comisión Nacional de Productividad Judicial es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Productividad Judicial, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que mediante Directiva N° 013-2014-CE-PJ, denominada “Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Ofi cina de Productividad Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014, se han establecido normas para operativizar el Sistema de Productividad Judicial mediante la adecuada organización y funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial, y de la Ofi cina de Productividad Judicial. Tercero. Que, el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 062-2013-CE-PJ de fecha 3 de abril de 2013, que aprueba los estándares de expedientes en trámite resueltos a nivel nacional para los órganos jurisdiccionales que no son sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del país, autoriza a la