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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2015 (13/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Miércoles 13 de mayo de 2015 552441 Que, mediante Informe N° 150-2015-INGEMMET- SG-OAJ de fecha 07 de mayo de 2015, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que no encuentra observación legal alguna a la donación dineraria que realizará el Instituto de Corea Geociencia y Recursos Minerales (KIGAM) de la República de Corea a favor del INGEMMET en el marco del Convenio Específi co de Investigación y de conformidad con la normativa legal vigente, siendo necesario que la Titular de la entidad emita el acto resolutivo correspondiente; Que, en este sentido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y, de conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM, corresponde a la Titular del Pliego, formalizar la aceptación de la donación dineraria efectuada por el Instituto de Corea Geociencia y Recursos Minerales (KIGAM) de la República de Corea a favor del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; y, Con el visto del Secretario General, de los Directores de las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Unidad Financiera; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria efectuada por el Instituto de Corea Geociencia y Recursos Minerales (KIGAM) de la República de Corea, por un monto de US $ 60,000 (Sesenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), a favor de la Unidad Ejecutora 189 – Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, Pliego 221, con la fi nalidad de realizar el “Estudio Metalogenético de la Mineralización de Cu-Au en las franjas de pórfi dos y epitermales de la región Apurímac del sureste de Perú”, el cual se enmarca en el Proyecto GE39-2: “Depósitos de Minerales del Perú” del Programa de Metalogenia de la Dirección de Recursos Minerales y Energéticos del INGEMMET, en el marco del Convenio Específi co al que se ha hecho mención en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Agradecer al Instituto de Corea Geociencia y Recursos Minerales (KIGAM) de la República de Corea, la donación a que se refi ere el convenio señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encomendar a la Ofi cina de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles posteriores a su emisión; y a la Ofi cina de Sistemas de Información su publicación en el portal institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET 1235403-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2015-OTASS/DE Lima, 7 de mayo de 2015 VISTOS: El Memorando N° 139-2015-OTASS/OA de fecha 05 de mayo del 2015 del Jefe de la Ofi cina de Administración, con el cual solicita la designación del responsable del Portal de Transparencia del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y el Informe N° 032-2015-OTASS/OAJ de fecha 7 de mayo de 2015 del jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa y con competencia a nivel nacional; Que, por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuya fi nalidad es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Estado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la norma citada, el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, señala que corresponde a la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el numeral 2 del artículo 8 de la Ley N° 30045, concordante con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado con Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, establece que la Dirección Ejecutiva es la más alta autoridad ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS y titular del pliego presupuestal; Que, mediante Memorando N° 139-2015-OTASS/OA, de fecha 05 de mayo del 2015, el Jefe de la Ofi cina de Administración solicita la designación del encargado de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OTASS; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y sus modifi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor Nilton Alberto Antayhua Champi, personal de la Ofi cina de Administración, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS). Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el link del OTASS en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS CADILLO LA TORRE Directora Ejecutiva 1236060-1