Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Que, en merito a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Direccion de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; del Viceministro de Salud Publica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; en el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el contador publico colegiado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arcela, al cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Logistica de la Oficina Ejecutiva de Administracion de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1238968-2

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, destinada a la atencion de la poblacion con riesgo elevado de MORDAZA de casos graves y letales de enfermedades metaxenicas y zoonoticas en el ambito del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 311-2015/MINSA MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2015 Visto, el Expediente N° 15-047403-001, que contiene el Informe N° 142-2015-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se expidio la Resolucion Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2015 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1156, se dicta medidas destinadas a garantizar el servicio publico de salud en los casos que exista un riesgo elevado o dano a la salud y la MORDAZA de las poblaciones, estableciendo los supuestos que configuran una emergencia sanitaria, senalando que su Declaratoria se aprueba mediante Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, a solicitud de la Autoridad Nacional de Salud, indicando las entidades competentes que deben actuar para su atencion, la vigencia de la declaratoria de emergencia, asi como la relacion de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentarlas; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2015-SA, se declara en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) dias calendario, a la provincia de MORDAZA y sus veintinueve (29) distritos y a la provincia de Camana y

sus ocho (8) distritos, en el departamento de MORDAZA, al haberse configurado el supuesto contemplado en el literal a) del articulo 6 del Decreto Legislativo N° 1156, que establece que dicha situacion se constituye ante el riesgo elevado o existencia de brote(s), epidemia o pandemia; Que, tal como se indica en el mencionado Decreto Supremo, el departamento de MORDAZA presenta brotes de rabia canina en curso y con tendencia ascendente, con el riesgo que esos brotes se propaguen a otros departamentos del Peru, asi como que, producto de mordeduras de los animales infectados a las personas, aparezcan nuevamente casos de rabia humana, lo que afectaria a un importante numero de personas que residen en las principales ciudades del departamento de MORDAZA, resultando imperativo la adopcion de acciones permanentes de prevencion y control con la finalidad de evitar mayor morbilidad y mortalidad en la poblacion; Que, asimismo, se senala en la referida MORDAZA que de acuerdo al Informe Tecnico N° 008-2015-COMITE TECNICO DS N° 007-2014-SA, del Comite Tecnico conformado mediante Resolucion Ministerial N° 354-2014/ MINSA y al Plan de Accion que sustenta la solicitud de Declaratoria de Emergencia Sanitaria, existe la presencia de brotes de rabia canina (epizootias) en las provincias de MORDAZA y Camana del departamento de MORDAZA, situacion que tendra gran impacto negativo en la salud de la poblacion si no se implementan medidas inmediatas de respuesta para la prevencion y control; Que a traves del Informe N° 022-2015ESNZOONOSIS/DAIS/DGSP/MINSA, de fecha 13 de MORDAZA de 2015, la Direccion General de Salud de las Personas concluye que actualmente en las provincias de Camana y MORDAZA del departamento de MORDAZA, existe una epidemia de rabia canina, con un alto numero de personas mordidas por canes confirmados como portadores del virus de la rabia, generando una alta probabilidad de MORDAZA de casos de rabia humana; asi como de su diseminacion en la macrorregion sur y en el MORDAZA, resultando necesario que el Ministerio de Salud adopte las acciones correspondientes para proteger la salud de la poblacion; Que, el numeral 12.1 del articulo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, autoriza, entre otros, al Ministerio de Salud, durante el presente ejercicio, de manera excepcional, a la realizacion de transferencias financieras, entre entidades, para proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones afectadas por situaciones de epidemias; estableciendose en el numeral 12.2 del citado articulo que las mismas se aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto, la cual se publica en el diario oficial "El Peruano"; Que, en el presente caso, tal como se ha indicado en los considerandos precedentes, se ha configurado la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo N° 013-2015-SA y asimismo, de acuerdo a lo senalado por la Direccion General de Salud de las Personas, existe una situacion de epidemia de rabia canina en las provincias de MORDAZA y Camana del departamento de MORDAZA, con el consecuente potencial impacto negativo en la salud de la poblacion si no se implementan medidas inmediatas que permitan una capacidad de respuesta de los operadores del sistema de salud; Que, mediante el informe de Visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite su opinion favorable a la transferencia financiera de la suma de UN MILLON CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 136 610.00), para ser destinada a proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones afectadas por la situacion de la citada epidemia existente en el departamento de Arequipa; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de Ia Directora General de Ia Oficina General de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud;

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