Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2015 (20/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 20 de MORDAZA de 2015

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Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 03 de diciembre 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ARQUENO, para que sea procesada por la presunta comision del delito de Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas (Expediente Nº 83-2014); Que, el literal b) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 026-2015/COE-TC, del 06 de febrero de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion pasiva; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, firmado el 05 de noviembre de 1932 y vigente desde el Canje de Ratificaciones efectuado en la MORDAZA de MORDAZA el 15 de MORDAZA de 1936; Que, de conformidad con el literal c) del numeral 3 del articulo 517º y el numeral 1 del articulo 522º del Codigo Procesal Penal, conforme a los cuales, previa a la entrega de la reclamada, el Estado requirente debera dar las seguridades de que se computara el tiempo de privacion de MORDAZA de la requerida que ha demandado el tramite de extradicion en la Republica del Peru; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:

Cancelan titulo de Notario del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0128-2015-JUS MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2015 VISTO, el Informe N° 69-2015-JUS/CN-P, de la Presidenta del Consejo del Notariado y el Informe N° 219-2015-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nº 329-2015-CNL/D, Nº 7372015-CNL/D y Nº 476-2015-CNL/SG de fechas 22 de enero, 06 y 30 de marzo de 2015, respectivamente, el Colegio de Notarios de MORDAZA comunica a la Presidenta del Consejo del Notariado la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER al cargo de Notario del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, para la cual acompana MORDAZA de la mencionada renuncia y demas antecedentes; Que, la Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA, ha aceptado la renuncia a partir del 30 de enero de 2015, segun consta en la Resolucion Nº 03-2015-CNL/JD, de fecha 14 de enero de 2015; Que mediante el Informe Nº 69-2015-JUS/CN-P, de fecha 13 de MORDAZA de 2015, la Presidenta del Consejo del Notariado da cuenta de la renuncia del Notario del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER; Que, el literal c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que, entre otras causales, el cargo de notario cesa por renuncia, por lo que corresponde cancelar el titulo de Notario del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, otorgado al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ARQUENO, formulada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de MORDAZA de la Republica de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito de Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas y disponer que, previa entrega de la reclamada, el Estado requirente debera dar las seguridades de que se computara el tiempo de privacion de MORDAZA de la requerida que ha demandado el tramite de extradicion en la Republica del Peru, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1239609-10

Articulo 1º.- Cancelar por causal de renuncia el titulo de Notario del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, otorgado al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER, con eficacia anticipada al 30 de enero de 2015. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de MORDAZA y al interesado para los fines que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1238756-1

Cancelan titulo de Notario del distrito de Locumba, provincia de MORDAZA Basadre, departamento de Tacna, distrito notarial de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0129-2015-JUS MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2015 VISTO, el Informe N° 72-2015-JUS/CN-P, de la Presidenta del Consejo del Notariado y el Informe N° 220-2015-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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