Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2015 (22/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 22 de MORDAZA de 2015

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c. Datos de los vehiculos menores: numero de placa de rodaje, numero de tarjeta de identificacion vehicular y caracteristicas tecnicas. d. Datos personales de los propietarios y conductores autorizados; asi como todas las modificaciones que se produzcan en estas. e. Record de conductor, accidentes e infracciones cometidas. f. Zonas y/o vias de trabajo, paraderos y numeros de vehiculos menores que presten el servicio. g. Otros que disponga la autoridad administrativa de la Municipalidad Distrital de La Perla. 24. Resolucion de Circulacion.- Documento Oficial emitido por la autoridad administrativa de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que autoriza a la persona juridica para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores en una determinada MORDAZA y/o vias de trabajo dentro del ambito de su jurisdiccion, incluye la determinacion de paraderos en la MORDAZA y/o vias de trabajo y el horario en que se brinda dicho servicio. 25. Seguro Obligatorio.Esta referido especificamente a la Poliza de Seguro Obligatorio contra Accidentes de MORDAZA, que debe contratar el propietario de cada vehiculo menor autorizado para brindar el servicio de transporte publico especial de pasajeros. Se entiende que puede tratarse de SOAT o de CAT, en cuyo ultimo caso debera ser emitido por una Asociacion de Fondos contra Accidentes de MORDAZA ­AFOCAT, con autorizacion vigente y debidamente inscrita en el respectivo registro a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros­ SBS, los cuales cubriran los gastos riesgos de muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos de atencion medica hospitalaria y quirurgica, gastos de sepelio de cada uno de los pasajeros, asi como del propio conductor y responsabilidad civil ante terceros. 26. Sticker Vehicular Municipal.- Distintivo otorgado por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, que cada unidad vehicular menor autorizada, lleva adherido en la parte superior derecha del parabrisas, con la inscripcion Vehiculo autorizado. 27. Vehiculo Menor.- Para efectos de esta ordenanza se consideran como tal a aquella unidad motorizada, caracterizada por una estructura de fabrica de tres ruedas, con carroceria y elementos de proteccion al usuario suficientes para brindar proteccion y seguridad al usuario. 28. Vias de Acceso Restringido.- Vias en las que se encuentra expresamente prohibida la circulacion y estacionamiento de vehiculos menores (mototaxis). TITULO II

juridica autorizada, la cual debe acreditar que el conductor cuenta con licencia de conducir y Certificado de SOAT o AFOCAT. 12. Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores.Local propio o alquilado o utilizado por convenio, debidamente autorizado para el internamiento de vehiculos menores, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo a las normas legales vigentes. 13. Flota.- Numero de unidades autorizadas con la que cuenta la persona juridica para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. 14. Horario de Servicio.- Hora de inicio y culminacion de la prestacion del servicio de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores, autorizado por la autoridad administrativa y que se encuentra expresamente consignada en la Resolucion de Circulacion otorgada por la autoridad edil. 15. Inspector Municipal de Transporte.- Persona natural capacitada y designada por la autoridad administrativa de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para supervisar, controlar y fiscalizar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores (mototaxis). 16. Mototaxis.- Vehiculo Menor motorizado de tres (03) ruedas que no excede los 250cc de cilindrada, especialmente acondicionado de asientos para el transporte de pasajeros en la parte posterior y de una montura delantera para uso del conductor, cuya estructura y carroceria cuentan con elementos de proteccion al usuario. 17. Papeleta de Infraccion.- Formato impreso emitido por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA donde se consignan los datos del conductor, el vehiculo menor y la infraccion cometida segun el Cuadro de Infracciones y Sanciones de Vehiculos Menores. 18. Paradero.- Area de la via publica tecnicamente calificada, aprobada y autorizada por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para el estacionamiento temporal de los vehiculos menores autorizados a la espera de pasajeros, que se encuentra debidamente acondicionado y senalizado por la autoridad municipal. 19. Persona juridica.- Empresa, asociacion u otra forma de organizacion constituida de conformidad con las disposiciones legales vigentes e inscrita en los Registros de Personas Juridicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, cuyo objeto es brindar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. 20. Pasajero.- Persona que contrata el servicio de transporte publico en vehiculo menor segun su necesidad de traslado y por el que paga el precio convenido con el conductor. 21. Permiso de Operacion.- Autorizacion oficial otorgada por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, a una persona juridica para prestar el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en vehiculos menores motorizados. 22. Policia Municipal.- Persona natural autorizada por la a utoridad administrativa para imponer las Papeletas de Infraccion y/o disponer el internamiento de los vehiculos menores en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores, por la comision de infracciones al MORDAZA previstas en la presente Ordenanza 23. Registro Municipal del Servicio Especial de Transporte en Vehiculos Menores.- Registro Municipal en el que se inscribe lo siguiente: a.Razon Social, Registro Unico de Contribuyente (RUC), Ficha Registral y/o Partida Electronica de los Registros Publicos con sus respectivos reconocimientos de la persona juridica actualizado. b. Relacion de miembros de la Junta Directiva y/o Directorio actualizado.

DEL SERVICIO CAPITULO I DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 6º.- REQUISITOS PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES Las personas juridicas que esten interesadas en prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores en el Distrito de La MORDAZA, deberan presentar lo siguiente: a. Permiso de Operacion b. Certificado de Operacion c. Credencial del conductor por cada unidad movil afiliada a su representada d. Certificado de Inspeccion Tecnica Vehicular por cada unidad movil afiliada a su representada, cuando corresponda. Los documentos en mencion son de caracter institucional e intransferible y tienen una vigencia de dos (02) anos, pudiendo ser renovables por un periodo similar, para lo cual deberan actualizarse los requisitos MORDAZA detallados.

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