Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia treinta días naturales antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2015, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, de aplicación supletoria, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos debido a que son elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Por medio de los Acuerdos de Concejo Municipal Nº 005-2015-SE-CDP, Nº 006-2015-SE-CDP y Nº 007-2015-SE-CDP, todos de fecha 25 de agosto de 2015 (fojas 03 a 07), el concejo municipal concedió licencias, sin goce de haber, al alcalde John Jenrry Sinti Acosta y a los regidores Armando Baldeón Espinoza y Raquel Perlita Mashacuri Pérez, con motivo de su participación como candidatos en las elecciones municipales 2015, por el periodo comprendido entre el 29 de octubre y el 29 de noviembre de 2015. 5. Teniendo en consideración que las solicitudes del alcalde John Jenrry Sinti Acosta y de los regidores Armando Baldeón Espinoza y Raquel Perlita Mashacuri Pérez fueron aprobadas por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0147-2015-JNE, de fecha 20 de mayo de 2015, y en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), procede convocar al primer regidor Golber Java Gómez, con DNI Nº 05310274, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 6. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, corresponde convocar a los regidores suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, quienes deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 7. En ese sentido, resulta procedente convocar a Horlin Mozombite Flores, identificado con DNI Nº 72420212, candidato no proclamado del partido político Acción Popular, así como a Gildardo Palla Covete, con DNI Nº 46030656 y a Deysi del Pilar Rodríguez Pereira, identificada con DNI Nº 41651366, candidatos no proclamados de la organización política movimiento regional Movimiento Independiente Loreto - Mi Loreto, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a John Jenrry Sinti Acosta, alcalde de la Municipalidad Distrital de Putumayo, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, asimismo las credenciales otorgadas a Armando Baldeón Espinoza y Raquel Perlita Mashacuri Pérez, regidores de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Golber Java Gómez, identificado con DNI Nº 05310274, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Putumayo, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, mientras esté vigente la licencia de John Jenrry Sinti Acosta, para lo cual se le otorgará la correspondiente credencial que lo faculte como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Horlin Mozombite Flores, identificado con DNI Nº 72420212, con el objeto de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Putumayo, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, mientras dure la encargatura de Golber Java Gómez, para lo cual se le otorgará la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Gildardo Palla Covete, identificado con DNI Nº 46030656, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Putumayo, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, mientras esté vigente la licencia concedida a Armando Baldeón Espinoza, para lo cual se le otorgará la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Deysi del Pilar Rodríguez Pereira, identificada con DNI Nº 41651366, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Putumayo, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, mientras esté vigente la licencia concedida a Raquel Perlita Mashacuri Pérez, para lo cual se le otorgará la correspondiente credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO Samaniego Monzón Secretario General 1308899-5

MINISTERIO PUBLICO
Incorporan los centros poblados de La Morada, Santa Rosa de Alto de Yanajanta, San Antonio de Padua y El Paraíso, del distrito de Cholón, provincia de Marañón, departamento de Huánuco, a la competencia territorial del Distrito Fiscal de Huánuco
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 5580-2015-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 75-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 14 de setiembre de 2015, elaborado por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, y el Oficio Nº 3207-2015-MP-PJFS-DFH, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, relacionado con el proyecto de incorporación de los centros poblados de La Morada, Santa Rosa de Alto de Yanajanta, San Antonio de Padua y El Paraíso del Distrito de Cholón, Provincia de Marañón, Departamento de Huánuco, a la competencia territorial del Distrito Fiscal de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3207-2015-MP-PJFS-DFH, el señor Manuel Augusto Cornejo Falcón, Fiscal Superior Titular Penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco y

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