Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

VISTO, la Hoja Informativa Nº 00024-2015-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 82º de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, encargado de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2002-PCM y 047-2004-PCM, establecen diversas disposiciones normativas referidas a la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado y a la Relación de Nombramientos y Contratos de los obligados a presentar declaraciones juradas; Que, el artículo 4º de la mencionada Ley y los artículos 10º, 11º y 15º de su Reglamento, encargan a la Contraloría General de la República, el registro y archivo, con carácter de instrumento público, de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos, así como su supervisión correspondiente, en concordancia con los artículos 2º, 6º y 22º literales a) y p) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposición Final del Reglamento, se faculta a este Organismo Superior de Control a emitir las Directivas o medidas que considere pertinentes para el cumplimiento del encargo conferido; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27482 y el artículo 10º de su Reglamento, establecen la obligación del Titular de cada Pliego Presupuestal y de la Dirección General de Administración o dependencia que hace sus veces de remitir a la Contraloría General de la República, al término de cada ejercicio presupuestal, una relación de nombramientos y contratos de los funcionarios de la entidad obligados a presentar declaraciones juradas; Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 3862013-CG se aprobó la Directiva Nº 012-2013-CG/CPC "Disposiciones sobre el Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como información sobre Contratos o Nombramientos, remitidos a la Contraloría General" y la Directiva Nº 0132013-CG/CPC "Disposiciones para el uso del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea; Que, la Directiva Nº 012-2013-CG/CPC regula el procedimiento de remisión, registro, archivo y verificación de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas de los funcionarios y servidores públicos; así como, el contenido y procesamiento de la información que deben remitir los Titulares de los Pliegos Presupuestales a través de la Dirección General de Administración o dependencia que haga sus veces en las entidades, sobre la relación de nombramientos y contratos de los obligados a presentar declaraciones juradas e información pormenorizada del total de los ingresos que perciban dichos obligados; Que, la Directiva Nº 013-2013-CG/CPC norma la implementación progresiva y obligatoria del uso del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea en las Entidades del sector público, en forma complementaria a las disposiciones del marco legal vigente, como herramienta de apoyo; Que, en el marco de la mejora continua de los procesos relacionados al registro, presentación y archivo de las Declaraciones Juradas de Ingresos, y de Bienes y Rentas de funcionarios y servidores públicos; así como de la información sobre Nombramientos y Contratos; y al uso del Sistema de Declaraciones Juradas en Línea, se deben establecer disposiciones complementarias que

permitan un adecuado cumplimiento de la Ley Nº 27482 y su Reglamento; y en concordancia con los objetivos estratégicos de la Contraloría General de la República de definir, diseñar e implantar un nuevo enfoque de control y de lucha contra la corrupción, resulta necesario emitir un único documento normativo que regule dichas materias; En uso de las facultades previstas en el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 013-2015CG/GPROD "Presentación, procesamiento y archivo de las Declaraciones Juradas de Ingresos, y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a los siete (07) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 386-2013-CG, que aprobó la Directiva Nº 012-2013-CG/CPC "Disposiciones sobre el Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como información sobre Contratos o Nombramientos, remitidos a la Contraloría General" y la Directiva Nº 013-2013-CG/CPC "Disposiciones para el uso del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea". Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la Directiva aprobada por la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el portal web (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1309123-1

Designan a profesionales en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de diversas entidades
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 329-2015-CG Lima, 6 de noviembre de 2015 VISTO; la Hoja Informativa N° 00028-2015-CG/GPO, emitida por la Gerencia de Planeamiento Operativo y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio;

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