Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2015 (17/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 17 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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actividades de gestión ambiental que propicien la realización de una efectiva evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental y que permitan contribuir al desarrollo sostenible; Artículo 2°.- Precisar que la transferencia financiera autorizada en el Artículo 1º de la presente Resolución se realiza con cargo a la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados provenientes de las multas administrativas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA en el ejercicio de su potestad sancionadora, y no de los recursos provenientes del Aporte por Regulación. Artículo 3°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a los señalados en el Oficio Nº 190-2015-SENACE-J y el Informe Nº 143-2015-SENACE/ SG/OPP. Artículo 4°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1312452-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Incorporan vocales a la Cuarta Sala y a la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado
RESOLUCIÓN Nº 379-2015-OSCE/PRE Jesús María, 16 de noviembre de 2015 VISTOS: El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 0122015/OSCE-CD, de fecha 13 de noviembre de 2015, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 012-2015/ OSCE-CD; CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, conforme a lo establecido en el artículo 63º de la citada Ley, concordante con el artículo 235º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el Tribunal de Contrataciones del Estado es un órgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, con autonomía e independencia funcional, encargado de la aplicación de sanciones administrativas de inhabilitación, temporal o definitiva; sanción económica, suspensión temporal o inhabilitación permanente a que se contraen los artículos 51º y 52º de la Ley, a proveedores, participantes, postores contratistas, expertos independientes y árbitros,

según corresponda, por infracción de las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 64º de la Ley de Contrataciones del Estado, los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado son elegidos por concurso público, por un periodo de tres (03) años; Que, con Resolución Suprema Nº 070-2012-EF, publicada el 27 de octubre de 2012, se designó en el cargo de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado a Carmen Amelia Castañeda Pacheco y Renato Adrián Delgado Flores; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2015-EF, se aprobó el procedimiento para los concursos públicos de evaluación y selección de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y se constituyó la Comisión Multisectorial de evaluación y selección de vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, encargada de realizar los referidos concursos públicos; Que, la citada Comisión Multisectorial llevó a cabo la Tercera Convocatoria del concurso público de evaluación y selección de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, habiéndose designado por Resolución Suprema Nº 048-2015-EF, a dos (02) Vocales del referido Tribunal; Que, mediante Resolución Nº 190-2015-OSCE/PRE, de fecha 25 de junio de 2015, se ratificó al Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado, así como se conformaron las Salas del referido Tribunal, como resultado del Segundo Concurso Público de evaluación y selección de vocales del Tribunal en mención; Que, el segundo párrafo del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE establece que los cargos de Presidente del Tribunal, Presidente de cada Sala y la distribución de los Vocales que las componen, son establecidos por el Consejo Directivo del OSCE; Que, los literales h) e i) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, señalan como funciones del Consejo Directivo el elegir al Presidente del Tribunal y a los Presidentes de Sala, entre los Vocales seleccionados por concurso público y designados por Resolución Suprema, así como establecer la composición de los integrantes de las Salas del Tribunal; Que, el Consejo Directivo mediante Acta Nº 0122015/OSCE-CD, de fecha 13 de noviembre de 2015, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 012-2015/OSCECD, acordó incorporar a los dos vocales designados a las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado, así como redistribuir los expedientes en trámite que fueron devueltos por el Vocal Renato Adrián Delgado Flores y que aún están pendientes de reasignación, distribuyéndose equitativamente entre los dos vocales recién incorporados al Tribunal de Contrataciones del Estado, a través de su sistema Informático; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando los acuerdos del Consejo Directivo; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; De conformidad con el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, y con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar a los dos vocales designados a las Salas del Tribunal de Contrataciones del Estado, de la siguiente manera: · Peter Palomino Figueroa, a la Cuarta Sala; y · Paola Saavedra Alburqueque, a la Segunda Sala. Artículo 2º.- El Tribunal de Contrataciones del Estado, mediante su sistema informático, reasignará los expedientes a su cargo.

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