Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2015 (17/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Martes 17 de noviembre de 2015 /

El Peruano

adeudada en forma mensual y por la suma de S/. 100.00 [...]" (fojas 537 a 539). l. Copia autenticada por fedatario de la Resolución de Alcaldía N° 433-2013-MPP, del 2 de agosto de 2013, mediante la cual se declara la nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 587-2012-MPP y se resuelve el compromiso de devolución de la suma adeudada por el regidor José Manuel Castro Huamaní (fojas 540 y 541). m. Copia autenticada por fedatario de la carta notarial, del 4 de octubre de 2013, dirigida al regidor José Manuel Castro Huamaní, con la que se remite la Resolución de Alcaldía N° 433-2013-MPP (fojas 542). n. Copia certificada de la partida de nacimiento del regidor José Manuel Castro Huamaní, en el que se indica que es hijo de Juan Sacramento Castro, natural de San Pedro de Lloc, y de María Luz Huamaní, natural de Cajamarca (fojas 543). o. Copia certificada del acta de nacimiento de Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní, en el que se indica que es hija de Juan Rodríguez Torres, natural de San Pedro de Lloc, y de María Luz Huamaní Pineda, natural de Lima (fojas 544). p. Copia simple de la planilla de pago de trabajadores de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, correspondiente al mes de abril de 2015 (fojas 545 y 546). q. Copia certificada del acta de nacimiento de Óscar Andree Jarirzinho Castro Cruz, en el que se indica que es hijo de José Manuel Castro Huamaní y Karina Magdalena Cruz Veramatos (fojas 551). r. Copia certificada del acta de nacimiento de José Miguel Alessandro Castro Cruz, en el que se indica que es hijo de José Manuel Castro Huamaní y Karina Magdalena Cruz Veramatos (fojas 552). s. Copia certificada del acta de nacimiento de Karina Magdalena Cruz Veramatos, en el que se indica que es hija de Jorge Augusto Cruz Guanilo y de Alicia Ysolina Veramatos Vargas (fojas 558). t. Copia certificada del acta de nacimiento de Juan Carlos Romero Cruz, en el que se indica que es hijo de Juan Manuel Romero Riveros y de Míriam Violeta Cruz Guanilo (fojas 554). u. Copia certificada del acta de nacimiento de Enco Ruggieri Veramatos Gutiérrez, en el que se indica que es hijo de Miguel Augusto Veramatos Ventura y de Petronila Gutiérrez Núñez (fojas 555). v. Copia certificada del acta de nacimiento de Evelin Tatiana Veramatos Gutiérrez, en el que se indica que es hija de Jorge Luis Veramatos Vargas y de Gleri Fany Gutiérrez Núñez (fojas 556). w. Impresión del portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas, con fecha de consulta 25 de mayo de 2015, en el que se registran como proveedores de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo del presente año a Juan Carlos Romero Cruz, Evelin Tatiana Veramatos Gutiérrez, Petronila Gutiérrez Núñez y Enco Ruggieri Veramatos Gutiérrez (fojas 557 a 559). Los descargos del regidor cuestionado El 10 de julio de 2015, el regidor José Manuel Castro Huamaní presentó sus descargos por escrito (fojas154 a 162), mediante los cuales rechazó estar incurso en alguna de las causales de vacancia que se le atribuyeron. Respecto a la deuda que supuestamente mantendría con la comuna edil, considerada por el solicitante de la vacancia como un impedimento sobreviniente a la elección, indicó que el artículo 8, numeral 8.1, literal c, de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), hace mención al artículo 23 de la derogada Ley N° 23853, Ley Orgánica de Elecciones, vigente hasta el 26 de mayo de 2003, cuyo numeral 8 prescribía que no pueden desempeñar el cargo de alcalde y regidor los "deudores por obligaciones provenientes de contratos o concesiones y los que tengan proceso judicial pendientes con las respectivas municipalidades, así como los que hubieran otorgado fianza u otra garantía para asegurar el cumplimiento de alguna obligación en favor de aquellas". Consecuentemente ­sostuvo­, con la entrada en vigencia de la actual LOM, se produjo la derogación tácita del artículo 8, numeral 8.1, literal c, de la LEM.

En relación a la causal de restricciones en la contratación, manifestó que el compromiso de pago suscrito por él corresponde al periodo de gobierno 20072010, por lo que no puede pretenderse declarar su vacancia por hechos que corresponden a una gestión anterior, más aún si dicho documento no implica una transferencia de fondos de la entidad municipal a su favor, sino la formalización de un compromiso de reembolso asumido por él bajo la creencia de que las dietas que percibió como regidor en dicho periodo constituyeron un cobro en exceso, lo cual, finalmente, fue descartado por el Ministerio Público, el cual determinó que, al 2 de febrero de 2007, fecha del acuerdo de concejo que aprobó la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores, no estaba vigente el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, del 21 de marzo de 2007, que establece los criterios para fijar la remuneración de los alcaldes provinciales y distritales. En cuanto a la tercera imputación, indicó que su hermana Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní ya mantenía una relación laboral con la Municipalidad Provincial de Pacasmayo desde enero de 2013, cuando ejercía el cargo de regidor para el periodo de gobierno 2011-2014, por lo que para el presente periodo 2015-2018 no puede configurarse la causal de nepotismo. Indicó, además, que en la gestión pasada y en la presente, se opuso de manera oportuna y reiterada a la contratación de su hermana mediante cartas dirigidas al alcalde, sin obtener respuesta alguna. Respecto a las demás personas, señaló que se trata de parientes de su conviviente Karina Magdalena Cruz Veramatos, ninguno de los cuales se encuentra comprendido dentro del segundo grado de afinidad que establece la Ley N° 26771, por lo que sus contrataciones no están prohibidas por la citada ley. En ese orden de ideas, indicó que Juan Carlos Romero Cruz y Evelin Tatiana Veramatos Gutiérrez son primos hermanos de su conviviente, por lo que mantiene con ellos un parentesco de cuarto grado por afinidad, mientras que Enco Ruggieri Veramatos Gutiérrez es pariente en sexto grado de consanguinidad de su esposa. Como pruebas, presentó los siguientes documentos: a. Carta N° 001-2015-REG-MPP, del 21 de enero de 2015, dirigida por el regidor al alcalde de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, mediante la cual comunica que la trabajadora Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní es su hermana, a fin de que el burgomaestre realice "las acciones administrativas que crea convenientes" (fojas 164 y 165). b. Carta N° 009-2013-REG-MPP, del 5 de febrero de 2013, dirigida por el regidor al alcalde provincial, mediante la cual manifiesta su desacuerdo, oposición y rechazo a la contratación de su hermana Arlita Cecilia Huamaní, entre otros (fojas 166 y 167). c. Carta N° 003-2015-REG-MPP, del 6 de febrero de 2015, dirigida por el regidor al alcalde provincial mediante la cual reitera el vínculo de parentesco que lo une con la trabajadora Arlita Cecilia Huamaní, a fin de que el burgomaestre realice "las acciones administrativas que crea convenientes" (fojas 168 y 169). d. Oficio N° 028-2015-OCI/MPP, del 26 de enero de 2015, que el jefe del órgano de control institucional de la municipalidad provincial dirige al alcalde, por el que comunica que se ha recibido el original de la Carta N° 001-2015-REG-MPP, mediante la cual el regidor José Manuel Castro Huamaní manifiesta su oposición y rechazo a la contratación de su hermana Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní (fojas 170 y 171). e. Carta N° 014-2013-REG-MPP, del 27 de febrero de 2013, que el regidor dirige al alcalde provincial, a través de la cual reitera su desacuerdo, oposición y rechazo a la contratación de su hermana Arlita Cecilia Huamaní, entre otros (fojas 172 y 173). El pronunciamiento del Concejo Provincial de Pacasmayo En sesión extraordinaria del 15 de julio de 2015 (fojas 567 a 578), el concejo municipal aprobó el pedido de vacancia presentado en contra del regidor José Manuel

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