Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2015 (19/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de noviembre de 2015 /

El Peruano

modificarse el artículo 110º del Código Procesal Civil, que regula la responsabilidad patrimonial de las partes y sus abogados por actuaciones procesales temerarias o de mala fe. Artículo Sexto.- Recomendar al Presidente de la Corte Suprema, Tribunal Constitucional, Corte Superior de Justicia de Lima y al Director de la Academia de la Magistratura: 19.- Implementar actividades periódicas de orientación, capacitación y difusión a los jueces y al personal jurisdiccional, entre otros, sobre los siguientes aspectos: · Sistema público y privado de pensiones, regímenes especiales de pensiones, liquidación de devengados e intereses legales · Regímenes laborales y desnaturalización del contrato de trabajo · Renovación de cuadros en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú · Causales de improcedencias en el proceso de amparo · Ejecución de resoluciones judiciales y medidas coercitivas frente a entidades públicas. Artículo Séptimo.- Exhortar a la Policía Nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas: 20. Garantizar que en sus decisiones administrativas incorporen los criterios jurisprudenciales del Tribunal Constitucional en materia pensionaria, entre otros: · Criterios para el establecimiento del monto de incremento o reajuste de la pensión de invalidez: Caso Dávila Suárez Hernández (Expediente Nº 3949-2004-PA/ TC) · Criterios sobre cuál es la norma aplicable para otorgar seguro de vida al personal militar policial: Caso Muñaque Ramírez (Expediente Nº 2839-2005-PA/TC) Artículo Octavo.- Encargar el seguimiento a la Adjuntía en Asuntos Constitucionales. Artículo Noveno.- Incluir la presente Resolución Defensorial en el Informe Anual al Congreso de la República, de conformidad con lo establecido por el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 1313490-1

Lima Sur, solicita se disponga el apoyo del personal Fiscal del Distrito Fiscal de Lima a su Distrito Fiscal, debido a la alta incidencia delictiva que se registra, así como el incremento de la carga laboral ante la incorporación del Distrito de Chorrillos a su jurisdicción. Que, con oficio Nº 604-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, informa que estando a la cobertura de plazas fiscales permanentes para la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, lo cual implica la liberación de plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales que se encontraban en calidad de destaque en la referida Fiscalía, las mismas que podrían trasladarse al Distrito Fiscal de Lima Sur, a fin de brindar el apoyo solicitado. Estando a lo expuesto, con el objeto de dar solución a la problemática señalada, a efectos de que los casos en trámite sean atendidos en forma oportuna y asimismo permitir que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, resulta necesario expedir el resolutivo que disponga el traslado de tres (03) plazas de Fiscal Adjuntos Provinciales de carácter transitorio del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Sur. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, al Pool de Fiscales de Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Sur. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima y Lima Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1313843-1

Nombran, aceptan renuncias, dejan sin efecto y dan por concluidos nombramientos y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5806-2015-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante oficio Nº 4362-2015/MP/FN/PJFS/ DFLS, cursado por el doctor Octaviano Omar Tello Rosales, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur, Distrito Fiscal de Lima Sur, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del referido Distrito Fiscal, remite propuesta para cubrir las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para el Pool de Fiscales de Lima Sur, los cuales a la fecha se encuentran vacantes; en consecuencia, se hace necesario nombrar a los Fiscales que ocupen provisionalmente dichos cargos, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal

MINISTERIO PUBLICO
Disponen el traslado de plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, al Pool de Fiscales de Lima Sur
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 5805-2015-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2015 VISTO: El oficio Nº 3157-2015/MP/FN/PJFS/DFLS, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de

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