Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2015 (19/11/2015)


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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de noviembre de 2015 /

El Peruano

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5827-2015-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 704-2015-ARECODE-MP-FN, cursado por la Fiscal Adjunta Suprema Titular ­ Jefa del Área de Coordinación de Estrategias Contra la Criminalidad, mediante el cual remite el oficio Nº 4544-2015-MP-PJFSDF-UCAYALI, cursado por la doctora Lorena Basilio Patow, Fiscal Superior Titular Civil y Familia de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del referido Distrito Fiscal, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali, que a la fecha se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Giovanna Milagros Bardales Martínez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Adjunta Suprema ­ Jefa del Área de Estrategias Contra la Criminalidad, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1313843-22

procesos que se tramiten con el nuevo Código Procesal Penal, en el distrito de Callería de la Provincia de Coronel Portillo. Que, de acuerdo al Informe Nº 68-2015-MP-FN-ETINCPP/ST, remitido mediante Oficio Nº 568-2015-MPFN-ETI-NCPP/ST, por el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la implementación del Código Procesal Penal, se advierte que la Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, cuentan, a la fecha con una carga laboral superior respecto a los casos ingresados a la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo. Que, en ese sentido, a efectos de brindar un servicio fiscal eficiente y oportuno en el Distrito Fiscal de Ucayali, resulta necesario que la Fiscalía en mención se avoque al conocimiento de los casos tramitados con el nuevo modelo procesal penal, en el distrito de Callería de la Provincia de Coronel Portillo. En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, en adición a sus funciones, conozca los casos que se tramiten con el nuevo Código Procesal Penal, en el distrito de Callería de la Provincia de Coronel Portillo. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de la Fiscalía antes mencionada. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Disponen que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo conozca casos que se tramiten con el nuevo Código Procesal Penal en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5820-2015-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 125-2012-MP-FN-JFS, de fecha 25 de setiembre de 2012, se crearon despachos fiscales en el Distrito Fiscal de Ucayali; asimismo, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2523-2012-MP-FN, de fecha 25 de setiembre de 2012, se convirtió y delimitó la competencia de los Despachos Fiscales del referido Distrito Fiscal. Que, por Oficio Nº 3365-2015-MP-PJFS-DF-UCAYALI de fecha 10 de agosto de 2015, la doctora Lorena Basilio Patow, Fiscal Superior Titular Civil y Familia de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del referido Distrito Fiscal, solicita que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, en adición a sus funciones, conozca los

PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1313843-15

Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía de la Nación, destacándola como Adscrita al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5821-2015-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, requiere contar en su estructura orgánica con una plaza adicional de Fiscal Provincial, la cual se adecua mejor a las funciones que se realiza en dicha dependencia. Que, el artículo 44º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, señala que los

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