Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Será necesario que cada quincena de mes, las personas naturales o jurídicas que deseen realizar actividades deportivas acuáticas en las playas de Santa María del Mar deberán presentar las solicitudes de autorización para la programación del mes siguiente para su publicación en el portal web de la municipalidad" DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde

de Desarrollo Urbano, Edificaciones y Comercialización. 6.- EFECTOS DEL PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE LA LEGISLACIÓN VIGENTE.Con la entrada en vigencia del presente proyecto de ordenanza se estaría modificando artículos, así como incorporando otros no previstos en la Ordenanza Nº 157-2011-MSMM, que aprueba el regular las actividades económicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano. 7.- MARCO NORMATIVO.a) Ordenanza Nº 157-2011-MSMM, que regula las actividades económicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano. b) Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. c) Ordenanza Nº 1850-MML Ordenanza para la Gestión Ambiental Integral de las playas del litoral de la Provincia de Lima. d) Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-MSMM, Reglamento de la Ordenanza Nº 157-2011-MSMM 1316523-1

ORDENANZA 221 -2015-MSMM ORDENANZA QUE MODIFICA E INCORPORA ARTÍCULOS A LA ORDENANZA Nº 157-2011-MSMM QUE REGULA LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y EXPENDIO DE PRODUCTOS EN LAS ZONAS DE PLAYA DEL BALNEARIO DURANTE LA TEMPORADA DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1.- INTRODUCCIÓN.Mediante Ordenanza Nº 157-2011-MSMM, se aprobó regular las actividades económicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano. 2.- PROPUESTA DE REFORMA Y MODIFICACIÓN.A. DE LA MODIFICACIÓN.Durante el verano de este año y en años anteriores se han venido presentando vecinos del distrito que prestan los servicios de alquileres de sombrillas y sillas playeras, asimismo en las playas del distrito se ha visto a personas que se dedican a la venta y comercialización de artículos diversos de playa, actividades que no están comprendidas en la Ordenanza que viene rigiendo desde el año 2011 hasta la actualidad, por lo que se hace necesario efectuar la modificación del artículo que contempla dichas actividades correspondiendo aumentar las actividades, por lo que se ha propuesto lo siguiente: Incluir dentro del artículo 4º: Actividades que se pueden realizar y productos que pueden expenderse durante la temporada de verano en el balneario: · Alquiler de Sombrillas y Sillas Playeras · Venta de Accesorios y Souvenirs de Playa B. DE LA INCORPORACIÓN.Finalmente la propuesta normativa ve por conveniente incorporar tres artículos que no habían sido considerados en la ordenanza vigente, referidas a la publicidad y a la realización de eventos en playa, para una correcta y mejor labor fiscalizadora. 4.- OBJETIVOS.El objetivo de este proyecto de ordenanza es el modificar, e incorporar nuevas actividades económicas no previstas y artículos sobre la publicidad y realización de eventos en playa no contenidas en la Ordenanza Nº 157-2011-MSMM, que aprueba regular las actividades económicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano, a efectos de una correcta y completa labor de fiscalización y control. 5.- ANÁLISIS COSTO BENEFICIO DEL PROYECTO DE ORDENANZA.El presente proyecto de Ordenanza no irroga mayor gasto que el previsto por la Municipalidad de Santa María del Mar en el Plan Operativo Institucional de la Dirección

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza que aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para el periodo 2016 - 2021
ORDENANZA N° 529-MSS Santiago de Surco, 25 de noviembre de 2015 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto N° 08-2015-CASDPVCAJ-MSS, de las Comisiones de Asuntos Sociales, Deportes y Participación Vecinal y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2948-2015-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 855-2015-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1090-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1025-2015-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 299-2015-GDSMSS de la Gerencia de Desarrollo Social, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para el periodo 2016 ­ 2021; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11) del Artículo 82º de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades, tienen como competencia y función específica compartida con el gobierno nacional y el regional, en materia de educación,

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