Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

567408 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a Francia y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 276-2015-PCM Lima, 27 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), adoptada en Nueva York el 09 de mayo de 1992 y suscrita por nuestro país en Río de Janeiro el 12 de junio de 1992; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM se declaró de interés nacional la realización de la "Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20", y la "Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", eventos que fueron llevados a cabo en la ciudad de Lima, en diciembre del año 2014; asumiendo el Ministro del Ambiente la Presidencia de la COP20/CMP10; Que, la COP20/CMP10 viene cumpliendo, entre otros objetivos, con lograr avances sustanciales en las negociaciones sobre un nuevo acuerdo global vinculante a ser adoptado en la COP21/CMP11 de París - Francia que se realizará en el mes de diciembre de 2015; entre los principales hitos que se sientan en el documento denominado "Llamado de Lima a la Acción Climática", se encuentra haber plasmado los elementos de un proyecto de texto para el acuerdo como anexo a la decisión de la

COP. Asimismo, las decisiones alcanzadas en el marco de la COP20/CMP10 refuerzan la importancia de la acción climática en el período pre-2020 y establece importantes pautas para la identificación de acciones de mitigación de alto impacto; Que, sobre la base de los resultados conseguidos en la ciudad de Lima en diciembre del año 2014, se lanzó la Agenda de Acción Lima Paris (Lima Paris Action Agenda, LPAA), por lo cual, durante el año 2015, la Presidencia Peruana de la COP20/CMP10 ha venido realizando un seguimiento conjunto con la Presidencia Francesa de la COP21/CMP11, la Secretaría de la CMNUCC y el Equipo de Cambio Climático del Secretario General de Naciones Unidas, respecto a las iniciativas de acción climática de actores gubernamentales y no gubernamentales especialmente sobre la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI); Que, durante el presente año, de manera sin precedentes, nuestro país y la República Francesa, presidencia entrante de la COP21/CMP11, han realizado acciones conjuntas bajo una estrategia de estrecha colaboración para sacar adelante el proceso de negociaciones, con el fin de tener un liderazgo representativo de todas las Partes. Es por ello que en la Conferencia de París, además de las negociaciones oficiales, se desarrollará una activa participación en las actividades vinculadas a la Agenda de Acción Lima-París (LPAA), principal legado peruano al proceso internacional de lucha contra el cambio climático y donde nuestro país ejerce el liderazgo en los temas de bosques y resiliencia al cambio climático; Que, el señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora, Ministro del Ambiente, en su calidad de Presidente de la COP20/CMP10, ha sido invitado para participar de las siguientes actividades: i) Reunión del Buró de la COP20/ CMP10 y, ii) Conferencia de Cambio Climático de París: Vigésimo Primera Sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ­ COP21, Décimo Primera Conferencia de las Partes al Protocolo de Kyoto ­ CMP11, Subsidiary Body for Implementation ­ SBI 43, Subsidiary Body for Scientific and Technological Advice ­ SBSTA 42 y Ad Hoc Working Group on the Durban Platform for Enhanced Action ­ ADP 2.12; y sus actividades conexas; eventos que tendrán lugar en la ciudad de París ­ República

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

2. 3.

4. 5.

LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.