Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

567388

NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

por lo que su creación corresponde ser realizada a través de una Ordenanza Regional. Que, el artículo primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 154-2014-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 09 de abril de 2014, dispuso en su Artículo Primero: "ELEVAR DE CATEGORIA la Oficina de Coordinación Educativa(OCED-IMAZA) a Unidad de Gestión Educativa Local-Intercultural Bilingüe y Rural Imaza(UGEL IBIR-IMAZA),en condición de Unidad Operativa, teniendo como ámbito territorial y administrativo el Distrito de Imaza". Que mediante Resolución Vice Ministerial N° 047-2015-MINEDU de fecha 31 de agosto del 2015, se aprobó la "Norma Técnica que regula el proceso de creación de las Unidades de Gestión Educativa Local en el ámbito nacional y el Registro de instancias de Gestión Educativa Descentralizada del Ministerio de Educación". Que el numeral 8.4 de la Norma Técnica precitada señala que la inscripción de la UGEL IBIR Imaza en el Registro de instancias de gestión educativa descentralizada está suspendida hasta que se acredite ante el Ministerio de Educación la regularización de su situación actual. Que, visto lo propuesto por la Dirección de Educación mediante Oficio N° 3231-2015-GOB.REG.AMAZONAS/ DREA/DGI-A.PLANIFICACION,suscrito por el Director Regional de Educación, mediante el cual alcanza los informes sustentarios, con la finalidad que el Consejo Regional emita la Ordenanza Regional de la Creación de la UGEL IMAZA, cumpliendo de tal forma con los dispuesto en la Resolución Viceministerial N° 047-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica que regula la Creación de las Unidades de Gestión Local en el ámbito nacional, con la finalidad de acreditar la regulación de la situación de la UGEL IBIR IMAZA. Que, el artículo 38º de le Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobados por el Consejo Regional son remitidas a la Gobernación Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales. Que, en el inciso. a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ,modificada por Ley Nº 27902, señala como atribución del Consejo Regional, el aprobar , modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 020 de fecha 22 de octubre del 2015, con voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, la Creación de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) IBIR IMAZA, como instancia dependiente de la Dirección Regional de Educación de Amazonas y ratificar lo resuelto mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 154-2014-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR,en cuanto a la Creación de la Unidad de Gestión Educativa Local(UGEL) IBIR IMAZA, teniendo como ámbito territorial y administrativo el Distrito de Imaza, provincia de Bagua, departamento de Amazonas. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la Unidad de gestión Educativa Local (UGEL) IBIR IMAZA tiene su sede en el distrito de Imaza, provincia de Bagua. Artículo Tercero.- PRECISAR, que la Unidad de gestión Educativa Local (UGEL) IBIR IMAZA tiene como jurisdiccional y administrativo el distrito de Imaza, provincia de Bagua, por lo que comprende a las instituciones educativas cuya relación se adjunta como Anexo a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- FACULTAR, a la Dirección Regional de Educación de Amazonas la modificación de la relación de Instituciones Educativas que forman parte de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) IBIR IMAZA, cuando exista sustento técnico para ello y conforme al ordenamiento jurídico vigente, sin alterar el ámbito jurisdiccional de la UGEL establecido en el Artículo Tercero.

Artículo Quinto.- DISPONER, que en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional, la Dirección Regional de Educación de Amazonas realice las acciones administrativas necesarias para aprobar los instrumentos de gestión de le Unidad de Gestión Educativa Local(UGEL) IBIR Imaza que resulten necesarios. Artículo Sexto.- DISPONER, la derogación de cualquier norma u acto administrativo que contravenga lo establecido en la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- DISPONER, a la secretaria del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Octavo.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Amazonas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 23 días del mes de Octubre del año 2015. DIÓGENES CELIS JIMENEZ. Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 23 OCT. 2015. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1316038-1

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Crean la Comisión Regional Anticorrupción de la Región La Libertad
ORDENANZA REGIONAL N° 010-2015-GR-LL/CR "CREAR LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE LA REGIÓN LA LIBERTAD" El GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 17 de Setiembre del 2015, los actuados correspondientes al proyecto de Ordenanza Regional que Crea la Comisión Regional Anticorrupción de la Región La Libertad; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.