Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

a) Dirigir el proceso de participación de todas las dependencias públicas, con la finalidad de difundir material informativo y/o promocional, con contenidos y mensajes orientados al rechazo de los Delitos Aduaneros y Piratería. b) Realizar la distribución de material informativo y/o promocional a las diversas instituciones públicas de la Región Lambayeque, para una correcta y oportuna difusión del referido material, el mismo que será proporcionado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a esta Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la región Lambayeque, difundiéndose además a través del Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque, www.regionlambayeque.gob.pe. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque para su promulgación. Dado en Chiclayo, a los trece año dos mil quince. RAÚL VALENCIA MEDINA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1316242-1 días del mes de del

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje de Vicegobernador del Gobierno Regional de Piura a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1200-2015/GRP-CR Piura, 19 noviembre 2015 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, en el artículo 191º, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su artículo 15º literal a) establece como atribución del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; así como las demás que le correspondan de acuerdo a Ley; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-2011/ GP-CR, de fecha 12 de setiembre de 2011, en su artículo 8º numeral 3, establece como atribución del

Consejo Regional: "Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales, a salir del país en comisión de servicios, así como conceder licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) día naturales del año"; Que, mediante Oficio Nº 00599 (HRyC Nº 48630), de fecha 13 de Noviembre de 2015, el Prefecto Provincial de Loja de la República de Ecuador invita al Gobernador Regional a participar de la "Reunión Binacional para la Gestión Social de los Recursos Hídricos Transfronterizos" a desarrollarse el 26 de noviembre en las instalaciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Cantonal, además señala que participarán en dicho evento representantes de la Unión Europea, Alcaldes de distritos de la Provincia de Ayabaca y de los Cantones de Espíndola, Quilanga, Gonzanamá, Calvas Sozoranga y Macará; Que, con Memorando Nº 103-2015/GRP-100000-VG del 17 de noviembre de 2015, de la Vice Gobernación Regional a la Gobernación Regional, se solicita autorización para participar de la "Reunión Binacional para la Gestión Social de los Recursos Hídricos Transfronterizos"; documento que cuenta con el proveído del Gobernador Regional autorizando dicha comisión al exterior; Que, mediante Memorando Nº 104-2015/GRP100000-VG del 17 de noviembre de 2015, la Vice Gobernación Regional comunica a la Oficina Regional de Administración que se realizará la comisión de servicios al exterior autorizada por el Gobernador Regional, solicitando se precise la suma de viáticos por dicha comisión de servicios; y, con Memorando Nº 1052015/100000-VG, que cuenta con proveído de la Oficina Regional de Administración, se precisa que los viáticos por día a otorgarse ascienden a la suma de S/. 1,235.80 nuevos soles, y siendo dos días los propuestos, el monto asciende a S/. 2,471.60 nuevos; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 27-2015, celebrada el día 19 de noviembre de 2015, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR a salir del País en comisión de servicios, en representación del Gobernador Regional al Econ. Alfredo Neyra Alemán, Vicegobernador del Gobierno Regional de Piura, los días 25 y 26 de noviembre de 2015, en atención a la invitación realizada por la Prefectura Provincial de Loja de la República de Ecuador, para participar de la "Reunión Binacional para la Gestión Social de los Recursos Hídricos Transfronterizos" a desarrollarse en las instalaciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Cantonal, que contará con la asistencia de representantes de la Unión Europea, Alcaldes de distritos de la Provincia de Ayabaca y de los Cantones de Espíndola, Quilanga, Gonzanamá, Calvas Sozoranga y Macará. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal Gobierno Regional Piura, de conformidad a lo señalado en el proveído de la Oficina Regional de Administración, inserto en el Memorando Nº 105-2015/ GRP-100000-VG, de fecha 17 de noviembre de 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
NOMBRE Y APELLIDOS Econ. Alfredo Neyra Alemán (Vicegobernador Regional) VIATICOS (POR 2 DÍAS) S/ 2,471.60 TOTAL S/. S/. 2,471.60

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el Vicegobernador Regional, presentará al Consejo Regional un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado; asimismo, la rendición de viáticos correspondientes.

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