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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (01/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

562815 NORMAS LEGALES Jueves 1 de octubre de 2015 El Peruano / Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de setiembre 2015, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2015 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBRE116,84 117,20118,10118,56119,23119,62 120,16120,61120,650,17 0,300,760,390,560,330,450,380,030,17 0,471,241,642,212,553,013,403,43 Artículo 3º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Oficial del Índice de Precios Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de setiembre 2015 y la metodología de este indicador. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1294432-1 Índice de Precios al Por Mayor a nivel nacional correspondiente al mes de setiembre de 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 364-2015-INEI Lima, 30 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática, publique mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de setiembre de 2015, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del mencionado indicador; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de setiembre de 2015, así como su variación porcentual mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100)VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2015 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBRE101,158245 101,512527102,210227102,161903 102,550119 102,817342102,773215103,024204103,255029 -0,31 0,35 0,69 -0,05 0,38 0,26 -0,04 0,24 0,22 -0,31 0,04 0,73 0,68 1,06 1,32 1,28 1,53 1,76 Artículo 2°.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información o fi cial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de setiembre de 2015. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SANCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1294432-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban cronograma de entrega de información que deben proporcionar determinadas entidades del Sector Público sobre sus adquisiciones de bienes y/o servicios del año 2016 en adelante RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 269-2015/SUNAT Lima, 28 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° del Texto Único Actualizado (TUA) de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo N.° 027-2001-PCM y normas modi fi catorias, tal información debe ser entregada a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), dentro de los últimos cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a aquel al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que esta establezca mediante resolución de superintendencia; Que a efecto de otorgar mayor predictibilidad a la obligación de entrega de información de las adquisiciones mensuales antes mencionadas, se estima conveniente aprobar un cronograma para la presentación de dicha información por el año 2016 en adelante; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, toda vez que se limita a aprobar, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del TUA de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones aprobado por el Decreto Supremo N.° 027-2001-PCM y normas modificatorias, el cronograma a seguir por determinadas entidades del Sector Público Nacional para cumplir con la obligación preestablecida