Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

563900

NORMAS LEGALES

Viernes 16 de octubre de 2015 /

El Peruano

la evaluación de su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa HELIAMÉRICA S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa HELIAMÉRICA S.A.C., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 541-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe N° 482-2015-MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261, la Ley N° 27619, la Ley N° 30281, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Miguel Martín Milagros Zúñiga Campodónico, Inspector de la

Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará los días 18 al 23 de octubre de 2015 a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa HELIAMÉRICA S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 18 AL 23 DE OCTUBRE DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 541-2015-MTC/12.04 Y Nº 482-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº 2869-2015MTC/12.04 INICIO FIN VIÁTICOS (US$) US$ 1,100.00 SOLICITANTE INSPECTOR Zuñiga Campodónico, Luis Miguel Martin Milagros CIUDAD PAÍS Estados Unidos Mexicanos DETALLE Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo en el equipo Bell 412, a su personal aeronáutico RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 10271-10272 Revisión: Original Fecha: 30.08.10

18-oct

23-oct

HELIAMIERICA S.A.C

Mexico

1299354-1

Declaran cancelada inscripción en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones de la Ficha N° 114, otorgada a favor de persona natural mediante R.D. N° 008-2009-MTC/27
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 601-2015 MTC/01.03 Lima, 13 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 436-2001MTC/15.03, del 24 de setiembre de 2001, se otorgó al señor JESÚS ALEJANDRO NAPURÍ DÁVILA, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima. El Contrato de Concesión se suscribió el 30 de octubre de 2001; Que, mediante Resolución Ministerial N° 799-2008MTC/03, del 24 de octubre de 2008, se adecuó la concesión

otorgada al señor JESÚS ALEJANDRO NAPURÍ DÁVILA mediante Resolución Ministerial Nº 436-2001-MTC/15.03, al régimen de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, por el plazo que resta al establecido en la Resolución Ministerial Nº 436-2001-MTC/15.03. El Contrato de Concesión Única se suscribió el 09 de enero de 2009; Que, por Resolución Directoral N° 008-2009-MTC/27 del 09 de enero de 2009, se inscribió en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor del señor JESÚS ALEJANDRO NAPURÍ DÁVILA, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; Que, por medio del Informe Nº 6313-2011-MTC/29.02, sustentado en el Acta de Inspección Técnica Nº 3652011, de fecha 22 de setiembre de 2011, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, da cuenta que la empresa TELEJAN, de propiedad del señor JESÚS ALEJANDRO NAPURÍ DÁVILA, presta el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad alámbrico u óptico, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, redistribuyendo señales codificadas, sin contar con contrato o convenio que la habilite para tal fin;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.