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563912 NORMAS LEGALES Viernes 16 de octubre de 2015 / El Peruano 2014, y la Resolución de Superintendencia N° 026-2014-SUSALUD/S de fecha 02 de agosto de 2014; Que, con el Informe N° 00092-2015/SAREFIS, se ha remitido el Proyecto de Resolución que dispone la publicación del proyecto de resolución que modi fi caría las normas precedentemente señaladas; en los términos contenidos en el respectivo proyecto normativo, su Informe Técnico y correspondiente Exposición de Motivos; Que, tratándose de una norma legal de carácter general, corresponde que previo a su aprobación, se efectúe la publicación del proyecto, de conformidad con lo establecido por el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, según el cual, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos de recabar comentarios y sugerencias del público en general; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de la Superintendencia; Con los visados del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo, y de la encargada de las funciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades conferidas por los literales f) y t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, corresponde a la Superintendencia aprobar las normas de carácter general de SUSALUD, y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal. SE RESUELVE:Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de norma que aprueba modi fi caciones a las normas relacionadas al Modelo TEDEF aprobadas por Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA/CD y sus modi fi catorias, en la dirección electrónica: https://www. susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Los comentarios, sugerencias y aportes deberán ser enviados al siguiente correo electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe, el mismo que estará a cargo de la servidora Iliana Martínez Avilés. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación Corporativa la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la presente Resolución; y a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la publicación de la indicada Resolución, en la página web de SUSALUD “www.susalud.gob.pe”, conforme a lo establecido en la Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG. Artículo 3.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fi n de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1299395-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aceptan renuncia y designan Asesor I de la Secretaría General de la Sunedu RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 076-2015-SUNEDU Lima, 15 de octubre 2015CONSIDERANDO:Que, mediante artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 042-2015-SUNEDU del 14 de julio de 2015, se designó a la señorita Mónica Isabel Meza Anglas en el cargo de Asesor I de la Secretaría General de la Sunedu, cargo considerado de con fi anza; Que, la funcionaria antes citada ha presentado renuncia al cargo para la cual fue designada, por lo que resulta pertinente emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Recursos Humanos de la Sunedu; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar con efectividad al 15 de octubre de 2015 la renuncia presentada por la señorita Mónica Isabel Meza Anglas al cargo de Asesor I de la Secretaría General de la Sunedu, cargo considerado de con fi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO SILVA SOLOGUREN Superintendente (e) 1299490-1 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 078-2015-SUNEDU Lima, 15 de octubre 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones;