Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de octubre de 2015 /

El Peruano

INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Designan Secretario General del IPD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 362-2015-IPD/P Lima, 13 de octubre del 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, se establece como Órgano de Alta Dirección a la Secretaría General; Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte; Que, en tal sentido, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público considerado de confianza, a efecto de garantizar la continuidad del servicio; Que, mediante Resolución Nº 067-2015-P/IPD de fecha 12 de febrero del 2015, se designó al señor Silvio Elisban Aiquipa Mendoza en el cargo de confianza de Asesor II del Despacho de la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modificatorias, el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004PCM, así como el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, al señor SILVIO ELISBAN AIQUIPA MENDOZA, a partir de la fecha, en el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 0672015-P/IPD de fecha 12 de febrero del 2015. Artículo 3º.- Notificar la presente resolución a los órganos estructurados del Instituto Peruano del Deporte y al interesado, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SAUL BARRERA AYALA Presidente 1299539-1

CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriban con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrán establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, que autoriza al Seguro Integral de Salud la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional; Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF-V.01, que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N° 202-2013/SIS, dispone que "La Oficina General de Administración de Recursos, efectúa el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las prestaciones económicas de sepelios, con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria"; Que, con Memorando N° 487-2015-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 1441 y Nº 1442 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio del mes de octubre de 2015 correspondiente a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la viabilidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas de sepelio, correspondientes al mes de octubre del 2015; Con el visto bueno del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3'754,336.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de octubre 2015, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 3,737,336.00 S/. 17,000.00 S/. 3'754,336.00

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL N° 205-2015/SIS Lima, 14 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe N° 014-2015-SIS-GNF-SGLPMLR con Proveído Nº 375-2015-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 040-2015-SIS-OGTI-UTI-MGAV con Proveído N° 4572015-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Memorando N° 487-2015-SIS/ OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 128-2015-SIS/OGAJ/REMG con Proveído N° 8092015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

Artículo 2.- Encargar al Secretario General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano", así como coordinar con

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