Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 16 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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la Oficina General de Tecnología de la Información la publicación en el portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, Comuníquese y Publíquese, JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1299634-1

Aprueban la Directiva Administrativa N° 001-2015-SIS/GREP/GNF/GA/OGAR/OGTIV.01 para el desarrollo del proceso del Intercambio Prestacional del Seguro Integral de Salud con otras Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS) del sector público
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 206-2015/SIS Lima, 15 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe N° 012-2015-SIS-GREP/LAS con Proveído N° 409-2015-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe N° 022-2015/SIS-OGPPDO-PMN con Proveído N° 072-2015SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe N° 007-2015-SIS/OGAJ/MCCH con Proveído N° 704-2015SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, el cual se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014SA, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1163, establece que todas las acciones realizadas con los recursos del Seguro Integral de Salud, constituyen materia de control. Las entidades públicas o privadas que reciban reembolsos, pagos y/o transferencias financieras son sujetas a supervisión, monitoreo y control por parte del Seguro Integral de Salud, respecto de los servicios que contrate o convenga; Que, el Decreto Legislativo N° 1159, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la implementación y desarrollo del Intercambio Prestacional en el sector público, en su artículo 2 establece que el intercambio prestacional es la compra venta de servicios de salud entre IAFAS públicas o entre IAFAS públicas e IPRESS públicas, conducente a brindar atención integral y oportuna de salud a las personas aseguradas de acuerdo a los planes establecidos, optimizando el uso de la capacidad instalada existente en las IPRESS; Que, en la Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA, faculta al SIS a aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, gestión de riesgos, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismo, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente; Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, establece que la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos sobre estudios de riesgos de salud de la población, así como la calidad, oportunidad y

accesibilidad de las prestaciones de salud ofrecidas por el SIS, de acuerdo a los convenios aprobados con las IPRESS, en base al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud que apruebe el Ministerio de Salud, así como para proponer los planes complementarios de aseguramiento en salud y otros a cargo del SIS; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, sustenta la necesidad de contar con una Directiva Administrativa para el desarrollo del proceso del Intercambio Prestacional del Seguro Integral de Salud, con otras Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS) del sector público, en la que se establezca las modalidades para que el SIS pueda suscribir convenios de Intercambio Prestacional con otras entidades públicas; Con el visto bueno de la Secretaria General, de los Gerentes de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y de la Gerencia del Asegurado, y de los Directores Generales de la Oficina General de Tecnología de la Información, de la Oficina General de Administración de Recursos y de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, en el marco de sus competencias, y con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 001-2015- SIS/GREP/GNF/GA/OGAR/OGTI­V.01 para el desarrollo del proceso del Intercambio Prestacional del Seguro Integral de Salud con otras Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS) del sector público. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud conjuntamente con la Directiva Administrativa y sus Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1299634-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Aprueban el formato: FO-TUR-008 Solicitud de Participación en Eventos Internacionales de Turismo (Versión 04)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 224-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 13 de octubre de 2015 Visto, el Memorándum N° 253-2015-PROMPERÚ/ DT de la Dirección de Promoción del Turismo y el Memorándum Nº 227-2015-PROMPERÚ/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

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