Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 25 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

562251

Que mediante Resolución Nº 197-2015-C.O./UNACH, de fecha 27 de Mayo del 2015, se aprobó el reglamento de organización y funciones de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, el mismo que consta de cuarenta (40) folios. Que, en Sesión Extraordinaria Número Cuatro (004), de fecha 10 de Setiembre del 2015, se acordó que la presente Resolución se publique, así como su anexo en la página web, del Portal Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, (http://www.unach.edu. pe/), el mismo día de la Publicación de esta Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Que, de conformidad con el Artículo 62º de la Ley Universitaria Nº 30220 y el Artículo 53º del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, mismo que consta de cuarenta (40) folios y que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición y/o Resolución que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, así como su anexo en la página web, del portal institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, (http://www.unach.edu.pe/), el mismo día de la Publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. FLORENCIA ADELINA ARTEAGA TORRES Presidenta Comisión Organizadora 1291587-1

Artículo Primero.- RECTIFICAR, el Artículo Primero de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N.º 096-2014-MP-FN-JFS, de fecha 31 de octubre de 2014, en los términos siguientes: Dice: Artículo Primero.- Crear los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: (...) DISTRITO FISCAL DE LORETO · Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Trata de Personas de Iquitos (...)". Debe decir: Artículo Primero.- Crear los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: (...) DISTRITO FISCAL DE LORETO · Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Trata de Personas de Loreto (...)". Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Gerencia General, a la Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SANCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1291435-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, MINISTERIO PUBLICO
Rectifican el Artículo Primero de Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 096-2014-MP-FN-JFS
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 154-2015-MP-FN-JFS Lima, 23 de setiembre de 2015 VISTO Y CONSIDERANDOS: Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N.º 096-2014-MP-FN-JFS, de fecha 31 de octubre de 2014, se crearon Despachos Fiscales en los Distritos Fiscales de Tumbes, Madre de Dios, Loreto y Lima; Asimismo, en el artículo primero de la citada Resolución, se mencionó lo siguiente: "Crear los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: (...) DISTRITO FISCAL DE LORETO * Fiscalía Provincial Especializada en delitos de Trata de Personas de Iquitos (...)"; observándose que se ha incurrido en error material, en el extremo de la denominación del Despacho Fiscal creado, debiendo ser lo correcto "Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Loreto"; Al respecto, el artículo 201.1° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que "Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; En ese sentido, atendiendo que el error material antes mencionado no altera el sentido de las decisiones adoptadas, resulta necesario efectuar la respectiva rectificación del artículo primero de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N.º 096-2014-MP-FN-JFS; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo N.º 052 ­ Ley Orgánica del Ministerio;

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de agencia y oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Arequipa, Lima, La Libertad, Puno, Lambayeque y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN SBS Nº 2966-2015 Lima, 29 de mayo de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que se le autorice el cierre de una (1) agencia y veinticuatro (24) oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 62852013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de una (1) agencia y veinticuatro (24)

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