Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de setiembre de 2015 /

El Peruano

así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 3 de setiembre de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Julio Velarde Flores a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, del 27 al 29 de setiembre y el pago de los gastos, a fin de que participe como uno de los expositores principales en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje Viáticos TOTAL US$ 1 144,44 US$ 1 760,00 -----------------------US$ 2 904,44

SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la lista de bancos de primera categoría que se encuentra detallada en el portal web de este Banco Central: www.bcrp.gob.pe. Artículo 2. La lista es elaborada y emitida de conformidad con el artículo 216° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley No. 26702, para los fines establecidos en dicho dispositivo. Artículo 3. Derogar la Circular N° 026-2015-BCRP. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1291837-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Autónoma de Chota
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA RESOLUCIÓN Nº 306-2015-C.O./UNACH

Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1291197-1

Chota, 10 de setiembre del año 2015

Aprueban Lista de Bancos de Primera Categoría
CIRCULAR N° 036-2015-BCRP Lima, 23 de setiembre de 2015 Ref.: Lista de Bancos de Primera Categoría CONSIDERANDO QUE: La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley No. 26702, dispone que para los fines de la aplicación de los límites y demás disposiciones pertinentes de dicha ley, el Banco Central elabore una lista de los bancos del exterior de primera categoría, con prescindencia de los criterios que aplique para la colocación de las reservas que administra, a fin de lo cual toma como referencia las publicaciones internacionales especializadas sobre la materia. Los requisitos aprobados para la elaboración de dicha lista comprenden el tipo de banco: holdings bancarias, bancos comerciales, bancos de ahorro, bancos cooperativos, bancos de inversión, bancos inmobiliarios e hipotecarios, instituciones especializadas de crédito gubernamental, instituciones de crédito no bancario y entidades supranacionales; el capital mínimo: US$ 1 400 millones, no requerido para entidades supranacionales; el calificativo crediticio de corto plazo mínimo de por lo menos dos agencias calificadoras (F2 por Fitch, A-2 por S&P y P-2 por Moody's); y, el calificativo crediticio de largo plazo mínimo de por lo menos dos agencias calificadoras (A- por Fitch, A- por S&P y A3 por Moody's). Estos requisitos se aplican utilizando como fuente principal el sistema especializado Bankscope de la empresa Bureau van Dijk Electronic Publishing teniendo en cuenta la información provista al 31.08.2015. Dentro del concepto de instituciones financieras de primera categoría están incluidas todas las sucursales de las matrices que se menciona en la presente norma, así como todas sus subsidiarias que sean bancos en cuyo capital la matriz tenga participación de al menos dos tercios. Se ha visto por conveniente incorporar a los bancos centrales emisores de las monedas que constituyen el Derecho Especial de Giro (DEG) en la lista de bancos de primera categoría, siempre que mantengan al menos un calificativo crediticio de largo plazo mínimo de "A-" por Fitch, "A-" por Standard & Poor's o "A3" por Moody's. En caso dichos bancos centrales no posean calificativos propios se tomarán en cuenta los del país.

VISTO: Oficio Nº 021-2015-UNACH-OP de fecha 9 de Abril de 2015, Oficio Nº 022-2015-UNACH-OP, de fecha 21 de Abril de 2015, Informe Nº 078-2015-UNACH/AL, de fecha 12 de Mayo de 2015, Oficio Nº 077-2015-UNACH-VPAD de fecha 14 de Mayo de 2015, Resolución Nº 197-2015C.O./UNACH, de fecha 27 de Mayo del 2015, Acta de Sesión Extraordinaria Número Cuatro (004), de fecha 10 de Setiembre del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 021-2015-UNACH-OP emitido por la Oficina de Personal el 09 de abril de 2015, se presenta a la Vicepresidencia Administrativa una propuesta de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, adaptado a la Ley Universitaria, Ley 30220. Que, mediante Oficio Nº 022-2015-UNACH-OP emitido por la Oficina de Personal el 21 de abril de 2015, se presenta a la Vicepresidencia Administrativa la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF con modificaciones realizadas como resultado de una reunión de trabajo llevada a cabo el Vicepresidente Académico, Secretaria General y Direcciones de Escuela. Que, mediante Informe Nº 078-2015-UNACH/AL., emitido por la Oficina de Asesoría Legal el 12 de mayo de 2015, se da a conocer que el Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, ha sido revisado y optimizado a fin de que guarde concordancia con lo establecido en la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en coordinación con la Oficina de Personal, recogiendo a su vez información de las diferentes dependencias. Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF constituye una herramienta técnica normativa fundamental para la adecuada gestión institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, como documento que ordena las funciones a su cargo. Contiene su estructura orgánica así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. Que, el objetivo del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF es presentar, de forma clara y resumida, la estructura organizativa de la institución, facilitando el análisis y cumplimiento de sus funciones y asignando la autoridad y responsabilidad que corresponde a los respectivos órganos y cargos. También tiene como objetivo, facilitar el proceso de inducción del personal permitiéndole conocer con claridad sus funciones. Que, mediante Oficio Nº 077-2015-UNACH-VPAD emitido por Vicepresidencia Administrativa el 14 de mayo de 2015, se solicita la emisión de la Resolución correspondiente, previa revisión y discusión en Consejo Universitario.

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