Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 25 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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y 26° Juzgados Contenciosos Administrativos con sub especialidad en Temas de Mercado. Artículo Segundo.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima realizará las acciones administrativas pertinentes, para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1291868-2

la ceremonia de inauguración del Servicio de Orientación al Adolescente - SOA Lima Este, con el apoyo de la Gerencia de Centros Juveniles y la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1045-2015 de la cuadragésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, Lecaros Cornejo, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las medidas administrativas en relación a la implementación de la presente resolución; a fin de viabilizar en forma inmediata su ejecución y cumplimiento. Artículo Tercero.- La Gerencia de Centros Juveniles asumirá la supervisión, capacitación, orientación y seguimiento del Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de Lima Este, de conformidad con el "Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal" y normatividad de la materia. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Gerencia General del Poder Judicial; y a la Gerencia de Centros Juveniles, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1291868-3

Crean el Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de Lima Este
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 278-2015-CE-PJ Lima, 11 de setiembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 664-2015-GCJ-GG-PJ cursado por el Gerente de Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta de creación del Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en el Distrito Judicial de Lima Este. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 190-2013-CE-PJ, de fecha 28 de agosto de 2013, éste Órgano de Gobierno, entre otras medidas, dispuso la réplica del modelo de Centros Juveniles de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en los Distritos Judiciales del país. Asimismo, estableció que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia deberán coadyuvar a la instalación de este tipo de Centro Juvenil en su jurisdicción, debiendo para el efecto conseguir el espacio físico para su funcionamiento, a través de la suscripción de convenios interinstitucionales con los Gobiernos Regionales y Locales; y con instituciones públicas y privadas, en coordinación con la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial. Segundo. Que el propósito de la citada resolución administrativa es brindar a los jueces de la especialidad la alternativa de imponer medidas socioeducativas no privativas de la libertad, como libertad asistida, libertad restringida y prestación de servicios a la comunidad, en cumplimiento a lo dispuesto en el Código de los Niños y Adolescentes; y en concordancia con la Resolución Administrativa N° 081-2011-P-PJ, del 9 de febrero de 2011, que recuerda a los jueces y juezas de familia, bajo responsabilidad, que el internamiento preventivo de adolescentes infractores de la ley penal no es la única que puede dictarse, sino que debe ser la última alternativa a la cual recurrir. Tercero. Que, dentro de este contexto, ante la falta del Centro Juvenil respectivo en la Corte Superior de Justicia de Lima Este, las medidas socioeducativas deben ser cumplidas en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima y el SOA Rímac. En esa dirección, dicho centro juvenil alberga aproximadamente 130 adolescentes con medida socioeducativa impuestas por Jueces provenientes del Distrito Judicial de Lima Este. Cuarto. Que, sobre el particular, es menester mencionar que con fecha 10 de julio de 2015 se realizó

Crean el Centro Juvenil de Medio Abierto Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en la Corte Superior de Justicia de Arequipa
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 279-2015-CE-PJ Lima, 11 de setiembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 709-2015-GCJ-GG-PJ cursado por el Gerente de Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta de creación del Centro Juvenil de Medio Abierto - Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en el Distrito Judicial de Arequipa. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 190-2013-CE-PJ, de fecha 28 de agosto de 2013, este Órgano de Gobierno, entre otras medidas, dispuso la réplica del modelo de Centros Juveniles de Medio Abierto Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) en los Distritos Judiciales del país. Asimismo, estableció que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia deberán coadyuvar a la

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