Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Que, como parte de los compromisos, se ha organizado el "Foro Investments Opportunities in the Pacific Alliance Countries", a realizarse en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos, los días 27 y 28 de setiembre de 2015, con el objetivo de promover y crear oportunidades de inversión en los países que conforman la Alianza del Pacífico en una de las principales plazas financieras del mundo como lo es Nueva York, así como fortalecer las propuestas de construir un Protocolo de Integración Financiera entre los países miembros; Que, por tal razón, las Direcciones de Promoción de las Exportaciones y Comunicación e Imagen País, ha solicitado se autorice la comisión de servicios de los señores Luis Alberto Torres Paz, Mario Eduardo Ocharan Casabona y de la señorita Tena Jestalin Zulia Van Lamoen Portilla, quienes prestan servicios en dichas Direcciones, a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, para que en representación de la Entidad participen en la referida reunión con el fin de realizar acciones de promoción; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de New York, Estados Unidos de América, de los señores Luis Alberto Torres Paz, Mario Eduardo Ocharan Casabona y la señorita Tena Jestalin Zulia Van Lamoen Portilla, del 26 al 29 de setiembre de 2015, para que en representación de PROMPERÚ, participen en las reunión a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Clase Económica día US $ 850,00 850,00 850,00 440,00 440,00 440,00

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 260-2015/SUNAT Lima, 22 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante carta s/n de fecha 20 de julio de 2015, la Secretaría Ejecutiva del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias ­ CIAT cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, para participar en el Encuentro de la Red de Áreas de Estudios e Investigaciones Tributarias "Evaluando el Impacto de los Programas de Mejora del Cumplimiento Voluntario" y el Taller de Capacitación sobre "Aspectos Introductorios de la Evaluación de Impacto en Política Tributaria", a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 27 al 29 de octubre de 2015; Que la gestión de riesgos de cumplimiento fue el tópico central de la 49 Asamblea General del CIAT celebrada en la ciudad de Lima, Perú, y en el marco de este evento los países miembros presentaron sus experiencias en relación a la implementación de este proceso, el cual puede ser definido como uno que busca identificar, analizar, priorizar y mitigar los riesgos de cumplimiento de los contribuyentes; asimismo, la resolución emitida posteriormente por la Asamblea General destaca la necesidad de que las Autoridades de Ingresos adopten esta buena práctica para optimizar el uso de los recursos limitados y facilitar la implementación de acciones que incrementen el cumplimiento voluntario de forma disuasiva o prospectiva; Que la participación de la SUNAT resulta fundamental para identificar si los programas de mejora del cumplimiento voluntario implementados funcionan bien, es decir, si logran los resultados deseados, o para identificar aspectos que pueden ser mejorados en su rediseño; Que, adicionalmente, es importante la participación de la SUNAT en los eventos señalados porque en ellos se contará con la presentación de experiencias de otros países, así como de evaluaciones experimentales y estudios de regresión discontinua para evaluación de impacto en política tributaria; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 53-2015-SUNAT/5A0000 de fecha 7 de setiembre de 2015, resulta necesario autorizar la participación de la trabajadora Giovana Maribel Castillo Chumpitaz, Especialista 2 de la Gerencia de Estudios Económicos de la Intendencia Nacional de Estudios Económicos y Estadística; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que

Nombres y apellidos Luis Alberto Torres Paz Mario Eduardo Casabona Ocharan Van

N° Total días Viáticos 3 3 3 1 320,00 1 320,00 1 320,00

Tena Jestalin Zulia Lamoen Portilla

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la reunión a la que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1291191-1

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