Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de abril de 2016 /

El Peruano

Regional periodo Legislativo 2015, de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil quince, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional : VISTOS : El DICTAMEN Nº 24-2015.CR-GRC CUSCO/PC-PPA, de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto y Administración, de tipo favorable y aprobado por unanimidad de la Comisión, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que propone: "Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación del Cusco ­ DREC y el Reglamento de Organización y Funciones de las Unidades de Gestión Local - UGEL". CONSIDERANDO : Que, el numeral 22) del artículo 2º de la Constitución Política del estado, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo adecuado de su vida; y, el Artículo 191º de la misma norma constitucional señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el Artículo 192º prevé que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto; Que, el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, señala que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal a) del artículo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que son funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 23-2007-CR/ GRC.CUSCO de 18 de diciembre del 2007, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación Cusco. Que, el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, Literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales del Presupuesto. Que, mediante el Decreto Supremo Nº043-2006PCM, de fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administración Publica en su Artículo 2º señala las pautas para la aprobación de un ROF, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Publica que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de las Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Informe Nº18-2015-GR CUSCO/ FRE ­C/CR de 28 de setiembre del 2015, la Dirección de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Educación Cusco, remite el Proyecto DE Reglamento de Organización y Funciones de su Entidad, respecto del que la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional mediante Informe Nº 339-2015-GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de 27 de octubre del 2015, establece que el Proyecto de ROF de la Dirección Regional de Educación Cusco y de las Unidades de Gestión Educativa Local ­ UGEL, han sido formulados siguiendo las disposiciones contenidas en

los "Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administración Publica", aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, y en el marco de los señalado por los Artículos 192º, 193º, 194º y Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco, luego de haber superado las observaciones y cuenta además con los Informes Técnicos Sustentaros, por lo que el documento presentado reúne los requisitos para ser aprobados; Que, de los documentos anexados se establece que el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación Cusco, y de las Unidades de Gestión Educativa Local ­UGEL, cuentan con el Informes Técnicos Sustentatorios contenido en los Informes Nº 209 Y 030-2015-GR CUSCO/DRE-C/ DGI-ER de 23 setiembre del 2015 y 29 de Abril del 2015, respectivamente, suscritos por el Especialista en Racionalización de la Dirección de Gestión Institucional de la indicada Entidad. Que, estando a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, Artículos 9º, 15º y 21º de la Ley Nº27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por Ley Nº 27902, Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº049-2013-CR/GRC-CUSCO, El Consejo Regional de Cusco; Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de Educación Cusco, en Anexo conformado por Cuatro (04) Títulos, Trece (13) Capítulos, Treinta y Cuatro (34) Artículos y su Organigrama Estructural; y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Unidades de Gestión Educativa Local, en Anexo conformado por Cinco (05) Títulos, Trece (13) Capítulos, Cuarenta y Un (41) Artículos, Dos (02) Disposiciones Complementarias y/o Finales y su Organigrama Estructural, que en 54 folios forman parte de la Presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha la Ordenanza Regional Nº23-2007-CR/GRC. CUSCO se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación Cusco. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco para su promulgación. Dado en la ciudad del Cusco a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil quince. ALAIN E. ALANOCA ARAGON Consejero Delegado Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 8 días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional Gobierno Regional Cusco 1365671-4

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