Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (16/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

583548 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 / El Peruano Apéndice IV Certifi cado de la Adquisición Elegible para el Monto Remanente (Procedimiento de Reembolso) Fecha: No. de Ref.: Concerniente a las facturas aquí adjuntas, los que suscriben, certifi can por el presente que las adquisiciones relativas a dichas facturas cumplen todos los términos y condiciones del Canje de Notas suscrito entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la República del Perú, con fecha 18 de enero de 2016, y las Minutas de Acuerdo sobre los Detalles del Procedimiento, establecidos entre las autoridades concernientes a los dos Gobiernos con fecha 18 de enero de 2016. El suscrito representante del País Benefi ciario (o su autoridad designada) además certifi ca, que el País Benefi ciario (o su autoridad designada) no ha aplicado hasta la fecha, para el reembolso basado en el Canje de Notas arriba mencionado ni para ningún otro acuerdo fi nanciero con otras fuentes de asistencia ofi cial con respecto a ninguno de los montos solicitados para el reembolso, que tenga relación con las facturas adjuntas. Los siguientes datos concernientes a la adquisición son: 1. Transacción 2. Comprador 3. Proveedor 4. Nacionalidad del Proveedor 5. Productos 6. Origen 7. Fecha del Pago 8. Monto del Pago 9. Método de la Adquisición 1. 2. 3. 4. . . . Los siguientes documentos (una copia de cada uno) se adjuntan para cada una de las transacciones arriba mencionadas. a. Carta de presentación del banco encargado de las negociaciones y del pago b. Conocimiento de embarque, recibo de envío de paquete postal o la nota de consignación aérea c. Factura ________________________________ Firma autorizada (El País Benefi ciario (o su autoridad designada)) Nombre, Cargo ________________________________ Firma autorizada (El Agente) Nombre, Cargo Apéndice V Términos de Referencia del Comité 1. Formular un cronograma de actividades para una utilización rápida y efi caz de la Donación y su interés derivado. 2. Intercambiar opiniones sobre la asignación de la Donación y su interés derivado, así como sobre los usuarios fi nales potenciales. 3. Identifi car problemas que pudieran retrasar la utilización de la Donación y su interés derivado y explorar soluciones para dichos problemas. 4. Intercambiar opiniones sobre la publicidad relacionada con la utilización de la Donación, de su interés derivado. 5. Discutir cualquier otro asunto que pudiera surgir con respecto a/o en conexión con el Canje de Notas. Memoria de Discusión Con relación al Canje de Notas entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de la República del Perú concerniente a la cooperación económica japonesa que será otorgada con el propósito de contribuir a la promoción de los esfuerzos con fines del desarrollo económico y social del Gobierno de la República del Perú, en fecha de 18 de enero de 2016 (en adelante denominado “el Canje de Notas”), los representantes de la delegación japonesa y la delegación peruana desean registrar los siguientes puntos: 1. Con referencia al párrafo 2 del Canje de Notas, el representante de la delegación japonesa manifestó lo siguiente: El Gobierno del Japón comprende que el Gobierno de la República del Perú tomará las medidas necesarias para prevenir cualquier ofrecimiento, regalo o pago, consideración o benefi cio que pueda ser interpretado como una práctica de corrupción en la República del Perú que sean presentados como incentivo o recompensa para la adjudicación de los contratos que concluya el Agente referido en el subpárrafo (2) del párrafo 3 de las Minutas de Acuerdo sobre los Detalles del Procedimiento del Canje de Notas, a fi n de adquirir los productos y los servicios mencionados en el párrafo 2 del Canje de Notas. 2. Con referencia al sub-párrafo (2) del párrafo 5 del Canje de Notas, el representante de la delegación japonesa expuso que el Gobierno del Japón comprende que: (a) información necesaria incluye información sobre práctica de corrupción relacionada a la donación referido en el párrafo 1 del Canje de Notas; y (b) el Gobierno de la República del Perú asegurará un tratamiento justo a las fuentes de dicha información. 3. El representante de la delegación peruana manifestó que la delegación peruana no tiene objeción a la