Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2016 (20/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 20 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del artículo 76º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Dirección de Gestión Ambiental, órgano de línea de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control oficial de los Límites Máximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehículos automotores que circulen en la Red Vial, determinándose la obligación de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Oficial de estos límites por las autoridades competentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para la homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fin de que se les otorgue; Que, la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo mediante Resolución Directoral Nº012-2003-MTC/16 del 30 de julio de 2003 la homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº001-D, Código de Homologación D-001-2003-DGASA-MTC, con Certificado Nº001, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial el Peruano; Que, en igual sentido la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 072-2005-MTC/16 del 14 de diciembre de 2005 la renovación de homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Código de Homologación (R)D-001-2003-DGASA-MTC, con certificado Nº 016, con Ficha de Homologación Nº 006-D(R); cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la misma manera la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo mediante Resolución Directoral Nº01052007-MTC/16 del 13 de noviembre de 2007 la renovación de la homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº 010-D(R), Código de Homologación Nº D (R)-001-2003-DGASA-MTC, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral Nº155-2009MTC/16 del 17 de diciembre de 2009 la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo la renovación de homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº 014-D (R), Código de Homologación D (R)-001-2003-DGASA-MTC, con Certificado Nº 032, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, de igual manera con Resolución Directoral Nº 067-2012-MTC/16 del 29 de marzo de 2012 la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo la renovación de homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº 014-D (R), Código de Homologación D (R)-001-2003-DGASA-MTC, con Certificado Nº 032, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución Directoral Nº223-2014MTC/16 del 25 de abril de 2014 la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo la renovación de homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº 014-D (R), Código de Homologación D (R)-001-2003-DGASA-MTC, con Certificado Nº 032, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, del informe Nº 037-2016-MTC/16.01.LML del especialista ambiental el mismo que cuenta con la conformidad de la Dirección de Gestión Ambiental, se desprenden que la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., ha cumplido con presentar adjunto a su solicitud de renovación, la declaración jurada exigida en la que consta que el solicitante mantiene su condición de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modificación de las características técnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº007-2002-MTC; Que, se ha emitido el Informe Legal Nº139-2016MTC/16.NYC, en el que se indica que se ha verificado que la solicitud presentada ha ingresado dentro del término establecido en la Resolución Directoral Nº 223-2014-MTC/16 de fecha de publicación 21 de mayo de 2014, adjuntando la documentación establecida en la norma señalada en los considerandos precedentes, y conforme a lo señalado en el informe técnico emitido, es de la opinión se emita el acto administrativo correspondiente con la aprobación de la renovación de la vigencia de Homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con Ficha de Homologación Nº 014-D (R), Código de Homologación D (R)-001-2003DGASA-MTC, con Certificado Nº 032, por un período de cinco (05) años de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 009-2012-MINAM que modifica el Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC modificado con el Decreto Supremo Nº 009-2012-MINAM, Decreto Supremo Nº 0072002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación del equipo OPACIMETRO para medición de emisiones vehiculares: Marca: Opus Prodox AB (Suecia), Modelo: Opus 50 Compact, Tipo: Portátil, Año: 2001, Certificado de Homologación: Nº032, Ficha de Homologación: Nº014-D (R) y Código de Homologación: D (R) -001-2003-DGASAMTC, a favor de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA S.A.C. Esta autorización tendrá una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, deberá correr por cuenta de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA S.A.C. Artículo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control oficial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con el artículo 15º y siguiente del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 4º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. MIGUEL ANTONIO RODRÍGUEZ ZEVALLOS Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 1368026-1

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