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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (13/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

596739 NORMAS LEGALES Sábado 13 de agosto de 2016 El Peruano / del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Entidad”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 152-2015/SIS de fecha 21 de julio de 2015, se designa al Sr. Javier Orlando Campos Véliz en el cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, a través de la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios; Que, mediante Resolución Jefatural N° 171-2015/ SIS de fecha 19 de agosto de 2015, se designa a la abogada Patricia Daysi Barrientos Morales en el cargo de Gerente de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud, a través de la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios; Que, de acuerdo al documento de vistos, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos, señala que estando a la disposición de cargo formulada por el Sr. Javier Orlando Campos Véliz, y la abogada Patricia Daysi Barrientos Morales resulta viable dar por terminada las designaciones en el cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina de Abastecimiento dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 152-2015/SIS, y en el cargo de Gerente de la Gerencia del Asegurado dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 171-2015/SIS mediante aceptación de renuncia; Que, asimismo, considera que para la correcta operatividad de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de Recursos, así como de la Gerencia del Asegurado, resulta necesario efectuar las acciones de designación que resulte pertinente, a fi n de cubrir las plazas de Director Ejecutivo de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de Recursos y de Gerente de la Gerencia del Asegurado del Seguro Integral de Salud; Con el visto bueno del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Administración de Recursos y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; y, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 15 de agosto de 2016, las renuncias presentadas por las personas siguientes: NOMBRE CARGO Javier Orlando Campos VélizDirector Ejecutivo de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de Recursos Patricia Daysi Barrientos MoralesGerente de la Gerencia del Asegurado Artículo 2.- Designar, a partir del 15 de agosto de 2016, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a las personas siguientes: NOMBRE CARGO Nelson Ernesto Quispe TallaDirector Ejecutivo de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración de Recursos Carmen Del Pilar Estela BenavidesGerente de la Gerencia del Asegurado Patricia Daysi Barrientos MoralesGerente Adjunto de la Gerencia del Asegurado Artículo 3.- La designación de la abogada Patricia Daysi Barrientos Morales es con reserva de su plaza de origen. Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe 1415789-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Emiten disposiciones transitorias para la exoneración de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos por desabastecimiento de GLP en la Región Loreto RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 202-2016-OS/CD Lima, 11 de agosto de 2016VISTO: El Memorando N° DSR 911-2016 de la División de Supervisión Regional que remite a la Gerencia General el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que regula la emisión de disposiciones transitorias para la exoneración de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos por desabastecimiento de GLP en la Región Loreto, a fi n que, de considerarlo sea puesto a conocimiento del Consejo Directivo. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su competencia, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas; Que, según lo dispuesto por el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, el Consejo Directivo de Osinergmin ejerce la función normativa, de manera exclusiva, y a través de Resoluciones; Que, conforme a los artículos 7 y 22 del Reglamento para la comercialización de GLP, aprobado por Decreto Supremo N° 01-94-EM, para movilizar GLP en Medios de Transporte, es requisito estar inscrito en el Registro de Hidrocarburos. Para inscribirse en este Registro, la persona natural o jurídica interesada deberá cumplir con los Reglamentos de Seguridad para el transporte de Hidrocarburos que establece la Ley N° 26221; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010-EM, el Ministerio de Energía y Minas trans fi rió a Osinergmin el Registro de Hidrocarburos, a fi n de que dicha entidad sea la encargada de administrar y regular el citado Registro, así como simpli fi car todos los procedimientos relacionados al mismo;