Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2016 (13/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 13 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

596743

Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 612-2016 de la vigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Ticona Postigo por tener que asistir a otra reunión programada por la presidencia con anterioridad, de conformidad con el informe emitido en autos y la sustentación oral del señor Álvarez Díaz. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.Aprobar la Resolución Administrativa Nº 363-2015-P-CSJHA-PJ, de fecha 30 de julio de 2015, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura; en consecuencia, el nuevo horario para la jornada de trabajo en el mencionado Distrito Judicial, será de 08:00 a 17:00 horas, considerándose como refrigerio de 13:30 a 14:30 horas. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 1415682-1

señalamiento de vista; ampliándose así la competencia asignada a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria mediante Resoluciones Administrativas Nros. 037-2013-CE-PJ de fecha 8 de marzo de 2013 y 294-2014-CE-PJ del 27 de agosto de 2014. Situación que conlleva a disponer su continuación, que se justifica por la urgente necesidad de proseguir con la importante labor de descarga por la que fue creada esta Sala Suprema. Tercero. Que de lo antes expuesto y del análisis de la información de producción de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, aparece que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga de su funcionamiento, por el término de tres meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 652-2016 de la trigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Ruidías Farfán por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 11 de agosto de 2016, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial; y la Procuraduría Pública del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1415682-2

Prorrogan funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 196-2016-CE-PJ Lima, 10 de agosto de 2016 VISTO: El Oficio Nº 109-2016-JAV/PSSCST/CS/PJ, cursado por el Presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 105-2016-CE-PJ, de fecha 27 de abril de 2016, se prorrogó por el término de tres meses, a partir del 11 de mayo del presente año, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que el Presidente de la referida Sala Suprema ha solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional por el término de ley, debido a que mediante Resolución Administrativa Nº 29-2015-SP-CS-PJ de fecha 25 de junio de 2015, se dispuso que a partir del 1 de julio de ese año la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente remita a la Sala que preside los expedientes en materia laboral y de seguridad social seguidos contra entidades privadas, tramitados con arreglo a la Nueva Ley Procesal del Trabajo Nº 29497, que se encuentren pendientes de

Constituyen la Secretaría Técnica de la "Comisión de Justicia de Género" y designan Secretaria Técnica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 201-2016-CE-PJ Lima, 10 de agosto de 2016 VISTO: El Oficio Nº 5076-2016-SG-CS-PJ, cursado por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Acuerdo Nº 141-2016, de fecha 21 de julio de 2016, instituyó el "Enfoque de Género" como una política a ejecutar por el Poder Judicial, en todos sus niveles y estructuras organizacionales; aprobando la creación de la "Comisión de Justicia de Género". Segundo. Que, en ese contexto, la Presidencia del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 223-2016-P-PJ, del 9 de agosto del año en curso, designó a las señoras juezas que integrarán la "Comisión

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.