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596748 NORMAS LEGALES Sábado 13 de agosto de 2016 / El Peruano Que la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante documentos de vistos emite opinión con relación a la propuesta formulada por la Gerencia de Operaciones Registrales indicando que sus equipos itinerantes podrán efectuar acciones de documentación a la población en los ámbitos rurales o periféricos de los trece (13) distritos de reciente creación, siendo que la Gerencia de Operaciones Registrales atenderá a la población residente de los distritos de reciente creación en sus agencias y puntos de atención; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto teniendo en consideración la opinión emitida por los órganos competentes, mediante los documentos de vistos, señala que el fi nanciamiento de los gastos que conlleven la actualización del Código de Ubicación Geográ fi ca - UBIGEO en el DNI de los pobladores residentes en los trece (13) distritos de reciente creación, será atendido con cargo al presupuesto asignado a la Gerencia de Operaciones Registrales y Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, en el presente años fi scal; Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98 del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable con relación a la propuesta formulada por la Gerencia de Operaciones Registrales y Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, respectivamente; Que mediante el documento de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en consideración lo opinado por los órganos competentes, opina que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que disponga aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográ fi ca- UBIGEO del Documento Nacional de Identidad de los ciudadanos residentes en los trece (13) distritos de reciente creación, a realizarse desde el 15 de agosto al 12 de noviembre del año 2016; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Estando a lo opinado en los documentos de vistos y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (01JUN2016) y el numeral 1 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográ fi ca- UBIGEO del Documento Nacional de Identidad desde el 15 de agosto al 12 de noviembre del año 2016, de los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos que a continuación se detallan: NºDEPARTAMENTO PROVINCIA NUEVOS DISTRITOSLEY DE CREACIÓN 1 JUMIN SATIPO VIZCATÁN DEL ENE 30346 2 CUSCOLA CONVENCIÓNVILLA KINTIARINA 30349 3 TACNA TACNA LA YARADA LOS PALOS 30358 4 HUANUCO MARAÑON LA MORADA 30360 5 HUANUCOLEONCIO PRADOPUCAYACU 30376 6 HUANUCOLEONCIO PRADOCASTILLO GRANDE 30377 7 HUANUCO MARAÑONSANTA ROSA DE ALTO YANAJANCA30378 8 HUANUCO HUANUCO SAN PABLO DE PILLAO 30379 9 AYACUCHO HUANTA CHACA 30387 10 HUANCAVELICA TAYACAJA ROBLE 30388 11 HUANCAVELICA TAYACAJA PICHOS 30391NºDEPARTAMENTO PROVINCIA NUEVOS DISTRITOSLEY DE CREACIÓN 12 APURIMAC CHINCHEROS ROCCHACC 30392 13 APURIMAC CHINCHEROS EL PORVENIR 30393 Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional como válida la declaración del domicilio consignado en la fi cha registral en donde conste la impresión dactilar y fi rma del titular, a los ciudadanos residentes de las provincias y los distritos señalados en el artículo precedente, hasta el 12 de noviembre de 2016. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Plani fi cación y Presupuesto y de Restitución de la Identidad y Apoyo Social. Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán fi nanciados con cargo al presupuesto asignado a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y Gerencia de Operaciones Registrales; respectivamente, en el presente año fi scal. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1415412-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Cancelan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 4171-2016 EL SECRETARIO GENERALLima, 27 de julio de 2016VISTA:La solicitud presentada por el señor Luis Augusto Delgado Delgado, respecto a la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros A: Personas Naturales 3. Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución S.B.S. N° 0665-1982- EFC/97-10 de fecha 13 de octubre de 1982, se autorizó la inscripción del señor Luis Augusto Delgado Delgado en el Registro Nacional de Productores de Seguros, con el Registro N° N-2035 como Productor de Seguros (actualmente Corredor de Seguros Generales y de Personas); Que, con fecha 01 de julio de 2016, el señor Luis Augusto Delgado Delgado solicita la cancelación de su Registro por las razones expuestas en la comunicación que obra en su expediente; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 17° del Reglamento del Registro