Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2016 (13/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 13 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

596747

VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 000095-2016/GOR/RENIEC (18ABR2016), N° 000122-2016/GOR/RENIEC (16MAY2016), N° 000177-2016/GOR/RENIEC (26JUL2016) e Informes N° 000019-2016/GOR/RENIEC (18ABR2016), N° 0000242016/GOR/RENIEC (16MAY2016) y N° 000045-2016/ GOR/RENIEC (26JUL2016); emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación N° 000152-2016/GRIAS/RENIEC (06JUN2016), emitida por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000029-2016/GRIAS/SGRI/RENIEC (06JUN2016), emitido por la Sub Gerencia de Registro Itinerante de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación N° 000116-2016/ GPP/RENIEC (04MAY2016) y el Memorando N° 0029552016/GPP/RENIEC (18JUL2016), emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 0001530-2016/GPP/SGP/RENIEC (04MAY2016), N° 002684-2016/GPP/SGP/RENIEC (18JUL2016), emitidos por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000603-2016/GG/RENIEC (24JUN2016), emitido por la Gerencia General; la Hoja de Elevación N° 0000452016/GAJ/SGAJR/RENIEC (04JUL2016) y los Informes N° 000220-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (22JUL2016) y N° 000235-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (04AGO2016), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 001202-2016/GAJ/RENIEC (04JUL2016) y las Hojas de Elevación N° 000409-2016/GAJ/RENIEC (22JUL2016) y N° 000435-2016/GAJ/RENIEC (05AGO2016), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 183 de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que por su parte, el artículo 26 de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, prevé que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que mediante la Ley Nº 30346 Ley de Creación del distrito de Vizcatán del Ene en la provincia de Satipo del departamento de Junín, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03OCT2015, se crea el distrito de Vizcatán del Ene, con su capital San Miguel del Ene, en la provincia de Satipo del departamento de Junín; Que asimismo, a través de la Ley Nº 30349 Ley de creación del distrito de Villa Kintiarina en la provincia de La Convención del departamento de Cusco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15OCT2015, se crea el distrito de Villa Kintiarina, con su capital Villa Kintiarina, en la provincia de La Convención del departamento de Cusco; Que de otro lado, a través de la Ley Nº 30358 Ley de creación del distrito de La Yarada Los Palos en la provincia de Tacna del departamento de Tacna, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08NOV2015, se crea el distrito de La Yarada Los Palos, con su capital Los Palos, en la provincia de Tacna del departamento de Tacna; Que asimismo, a través de la Ley Nº 30360 Ley de creación del distrito de La Morada en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12NOV2015, se crea el distrito de La Morada, con su capital el pueblo La Morada, en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco; Que de otro lado, a través de la Ley Nº 30376 Ley de creación del distrito de Pucayacu en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08DIC2015, se crea el distrito de Pucayacu, con su capital Pucayacu, en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco;

Que mediante la Ley Nº 30377 Ley de creación del distrito de Castillo Grande en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08DIC2015, se crea el distrito de Castillo Grande, con su capital Castillo Grande, en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; Que asimismo, a través de la Ley Nº 30378 Ley de creación del distrito de Santa Rosa de Alto Yanajanca en la provincia de Marañón de departamento de Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08DIC2015, se crea el distrito de Santa Rosa de Alto Yanajanca, con su capital el pueblo de Santa Rosa de Alto Yanajanca, en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco; Que de otro lado, a través de la Ley Nº 30379 Ley de creación del distrito de San Pablo de Pillao en la provincia y departamento de Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08DIC2015, se crea el distrito de San Pablo de Pillao, en la provincia y departamento de Huánuco, con su capital San Pablo de Pillao; Que mediante la Ley Nº 30387 Ley de creación del distrito de Chaca en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17DIC2015, se crea el distrito de Chaca, con su capital Chaca, en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; Que asimismo, a través de la Ley Nº 30388 Ley de creación del distrito de Roble en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17DIC2015, se crea el distrito de Roble, con su capital Puerto San Antonio, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Que de otro lado, a través de la Ley Nº 30392 Ley de creación del distrito de Rocchacc en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20DIC2015, se crea el distrito de Rocchacc, con su capital Rocchacc, en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; Que mediante la Ley Nº 30393 Ley de creación del distrito de El Porvenir en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20DIC2015, se crea el distrito de El Porvenir, con su capital el pueblo de San Pedro de Huamburque, en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; Que para el caso de las leyes antes citadas, se tiene que a través de la Quinta Disposición Complementaria Final de las mismas, se establece que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice todas las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados; Que de otro lado, mediante Ley Nº 30391 Ley de creación del distrito de Pichos en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20DIC2015, se crea el distrito de Pichos, con su capital Pichos, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Que del mismo modo, se tiene que la ley citada en el considerando precedente establece en su Sexta Disposición Complementaria Final, que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) realice todas las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales como órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identificación de las personas y entrega del Documento Nacional de Identidad -DNI, conforme a lo dispuesto en el artículo 162 del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 73-2016/ JNAC/RENIEC (01JUN2016), en virtud a la creación de los trece (13) distritos señalados precedentemente, mediante los documentos de vistos solicita se emita el acto resolutivo que permita la gratuidad de los trámites que contengan una actualización por cambio del Código de Ubicación Geográfica ­ UBIGEO del Documento Nacional de Identidad, desde el 15 de agosto al 12 de noviembre del año 2016; autorizando además de manera excepcional, la declaración jurada del domicilio en la Ficha Registral de los residentes de los citados distritos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.